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Norma de Argentina

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución No. 05018/2021
(B.Oficial: 29-6-2021)

Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 85/21 al 90/21.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución General 5018/2021

RESOG-2021-5018-E-AFIP-AFIP

Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 85/21 al 90/21.

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-00551402- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-21438-2016, 13289-24799-2016, 19144-2312-2019 y 19144- 2481-2019 y los Expedientes Electrónicos Nro. EX-2021-00063749- -AFIP-DVCLAR#SDGTLA y EX-2021-00333639- -AFIP-DVCLAR#SDGTLA, se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.

Que, con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 85/21 al 90/21.

Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General N° 1.618.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera.

Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, las mercaderías detalladas en el Anexo (IF-2021-00691937-AFIPDICEOA#DGADUA), que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese. Silvia Brunilda Traverso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar

ANEXO

POSICIÓN ARANCELARIA NCM DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA CRITERIO DE CLASIFICACIÓN N° EXPEDIENTE/ ACTUACIÓN SIGEA N°
3921.13.90 Lámina de poliuretano celular, coloreada y gofrada en la superficie, combinada con un tejido de punto por trama, 100 % hilados de poliéster, que oficia de simple soporte; presentada en rollo. 85/21 13289-21438-2016
7323.93.00 Manufactura compuesta, constituida por un recipiente cilíndrico, de acero inoxidable, con tapa de plástico provista de sensor infrarrojo para su apertura automática, que aloja en su interior, un recipiente de plástico, extraíble; de los tipos utilizados en los hogares para colectar residuos. 86/21 13289-24799-2016
6204.33.00 Chaqueta liviana para mujer que desciende hasta la cadera, de mangas largas, totalmente abierta en la parte delantera, que presenta a la altura del busto un tejido bordado, provista de dos cordones textiles a ambos lados de su parte superior a modo de adorno, confeccionada con tejido de trama y urdimbre constituido por 45 % algodón, 35 % viscosa, 17 % poliéster, 2 % acrílico y 1 % poliéster metalizado. 87/21 19144-2312-2019
2309.90.90 Aditivo líquido a base de extracto de alcaucil (Cynara scolymus) y cloruro de colina, de los tipos utilizados en la industria avícola. 88/21 19144-2481-2019
8471.70.90 Unidad de memoria de estado sólido (SSD - «Solid State Drive»), de 250 GB de capacidad de almacenamiento y velocidad máxima de lectura/ escritura igual a 2.200 MB/s, provista de interfaz PCIe de cuatro carriles que permite su conexión a una unidad central de proceso, de los tipos utilizados en máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. 89/21 EX-2021- 00063749- -AFIPDVCLAR# SDGTL A
2309.90.90 Preparación alimenticia en forma de pellets, constituida por maíz (65 %), girasol (13 %), algodón (9 %), afrechillo de trigo (5,8 %), melaza de caña de azúcar (3,5 %), conchilla (2 %) y minerales, la que se utiliza para complementar forrajes para alimentación del tipo "feedlot", de bovinos, presentada en envases (big bags) de 1.500 kg. 90/21 EX-2021- 00333639- -AFIPDVCLAR# SDGTL A