SECRETARIA DE MINERIA
Resolución Nº 104/95 - SM Buenos Aires, 24 de marzo de 1995.- VISTO  lo  establecido  en  la  Resolución  SM  Nº  147  del 16 de setiembre de 1993, y CONSIDERANDO: Que resulta  necesario revisar  los procedimientos creados para la inscripción en  el Registro  de Inversiones Mineras Ley Nº 24.196, considerando la experiencia adquirida desde su formulación. Que  también  es  necesario  facilitar  a  las  empresas  las tramitaciones correspondientes. Que esta  SECRETARIA DE  MINERIA tiene competencia para dictar las normas complementarias  pertinentes en virtud de lo establecido en los  Arts.  24º  de  la  Ley  Nº  24.196,  y de su Reglamentación, aprobada por Decreto Nº 2686 del 28 de diciembre de 1993. Que la  Dirección General  de Asuntos  JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y  OBRAS Y  SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete conforme lo prescripto  por el Art. 7º, inc. d)  de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos. Por ello, EL SECRETARIO DE MINERIA RESUELVE: ART. 1º.-  Sustitúyase a partir  de la fecha  de vigencia de  esta Resolución el texto del Art. 1º de la Resolución SM Nº 147 del  16 de setiembre  de 1993  por el  siguiente: "Apruébase  la "GuÃa  de Solicitud de Inscripción en el Registro de Inversiones Mineras Ley Nº 24.196", que forma parte  de la presente Resolución como  Anexo I, el cual es acompañado del Suplemento A". Dicha GuÃa reemplaza a las aprobadas por Resolución SM Nº 147/93. ART.  2º.-  La  presente  Resolución  entrará  en  vigencia el dÃa siguiente al de su publicación en BoletÃn Oficial. ART. 3º.- RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. ANEXO I GUIA DE  SOLICITUD DE  INSCRIPCION EN EL  REGISTRO  DE INVERSIONES MINERAS LEY Nº 24.196 Esta guÃa se ha elaborado tanto para uso de empresas unipersonales como pluripersonales,  debiendo indicarse los datos y agregarse la documentación según corresponda a uno u otro caso. Las  empresas  deberán  presentar,  con  carácter  de  Declaración Jurada, una  nota dirigida  a la  Dirección de Inversiones Mineras solicitando su  inscripción en el Registro de la Ley Nº 24.196, de acuerdo a lo establecido en el Art. 2º de ella, indicando 1) Denominación  de la  empresa.  Documento  de  identidad  de  su titular si se trata de una empresa unipersonal. Número de CUIT. Se deberá  adjuntar copia  autenticada  de  los  instrumentos  que acrediten la  existencia de  la sociedad  (contrato  social,  acta constitutiva, estatutos) donde el objeto social sea compatible con la actividad  minera; asà  como  su  inscripción  en  el  Registro Público de Comercio. 2) Domicilio:  Legal, real  y especial;  en este último caso si lo hubiera constituido  o constituye a los fines de esta inscripción. Incluir teléfono y fax si los hubiera. 3) Nómina  de directores,  sÃndicos o  gerentes según  se trate de Sociedades Anónimas  o Sociedades  de Responsabilidad Limitada. Si se trata  de otros  tipos societarios  identificará los socios. En todos los casos señalar documento de identidad. Adjuntar copia  autenticada del acta o documento de designación de autoridades si se trata de una sociedad. 4)  Nombre  y  documento  de  identidad  de  representantes, administradores,  apoderados  o  gestores  para  actuar  ante  la SecretarÃa de minerÃa, si los hubiere. Adjuntar copia  autenticada de  los poderes  que a  tal efecto  se hubieren otorgado. 5) Descripción  de las  actividades que desarrolla, con aclaración de la  actividad principal.  A los fines de describir la actividad minera presente  y futura deberá completarse el Suplemento "A" que acompaña el  presente Anexo,  con los  datos  disponibles  por  la empresa. 6) Derechos mineros que declara poseer. Adjuntar copia  autenticada  de  los  instrumentos  que  acrediten dichos derechos  (tÃtulo de  propiedad de yacimientos, contrato de arrendamiento, contrato  de provisión  de  mineral  por  terceros, etc.) En caso  de empresas  que estén  en producción,  también  se  debe adjuntar copia del certificado actualizado de productor minero. Si la  actividad de  la empresa  involucra una  o más  plantas  de tratamiento,  deberá  adjuntarse  copia  autenticada  de  los instrumentos de los que surjan los derechos de propiedad, posesión o tenencia  de dichas instalaciones y copia de la constancia de la o las  habilitaciones  correspondientes,  expedida  por  autoridad competente.  En  caso  que  las  municipalidades  no  otorguen certificados  de  habilitación,  se  deberá  presentar  otra documentación de  la que surja prueba de la existencia de la o las plantas de tratamiento en funcionamiento. Se deberá  incluir un  croquis indicativo de la ubicación del o de los yacimientos  y planta  o  plantas,  donde  se  especifique  la distancia entre los mismos. 7) Declaración  jurada individual  del empresario unipersonal o de la empresa  como persona jurÃdica y de cada uno de los integrantes de la sociedad que la Ley menciona, indicando que no se encuentran incluidos en ninguna de las inhabilidades del Art. 3º de la Ley Nº 24.196. Deben incluirse también las correspondientes a  Directores y  SÃndicos  suplentes,  en  tanto  que  las  declaraciones de los mandatarios y gestores sólo se requerirán en caso que éstos  estén habilitados para actuar ante  la SecretarÃa. Las firmas  de dichas declaraciones deberán ser  certificadas por escribano  público con registro, con la debida intervención del colegio respectivo si  el escribano es  de jurisdicción  distinta de  la Capital  Federal, o bien por autoridad bancaria reconocida o autoridad policial. 8) Certificación contable sobre la inexistencia de deuda impaga en los términos del Art. 3º de  la Ley Nº 24.196, o acogimiento  a un plan  de facilidades  de pago.  Esta  certificación  deberá  ser autenticada por el Consejo profesional respectivo. 9) Declaración  de que  se compromete  a mantener  informada a  la Autoridad  de  Aplicación  sobre  cualquier  modificación  que  se produzca en los datos aportados para dar lugar a la Inscripción en el Registro,  como asà  dar cumplimiento  a  cualquier  obligación impuesta por  la Ley  Nº 24.196, su Decreto Reglamentario y normas complementarias. Esta nota  deberá estar firmada en todas sus fojas, no aceptándose fotocopias simples de ninguna documentación. SE ACLARA QUE TODA DOCUMENTACION, DEBERA PRESENTARSE EN ORIGINAL Y DOS (2) COPIAS SIMPLES. SUPLEMENTO "A" Completar los  datos  que  se  enuncian  a  continuación,  con  la información disponible  y de  acuerdo al  grado de  desarrollo del proyecto o actividad minera. 1.- Actividad minera.   Breve descripción de la actividad minera declarada. 2.- Localización de la actividad minera. 2.1.- Nombre  y ubicación  del o  de los  yacimientos; proyecto  o proyectos (con coordenadas geográficas). 2.2.- Ubicación de la planta o plantas de tratamiento. 3.- GeologÃa. 3.1.- Descripción del area de cada yacimiento o proyecto. 3.2.- Tipo y/o forma del yacimiento. 3.3.- Roca o minerales objeto de la actividad. 4.- Reservas o recursos. 4.1.- Reservas medidas. 4.2.- Reservas probables. 4.3.- Reservas posibles. 4.4.- Reservas Geológicas y/o potenciales. 5.- MinerÃa. 5.1.- CaracterÃstica y estado del yacimiento. 5.2.- Descripción del método de explotación. 5.3.- Recuperación estimada. 5.4.- Capacidad teórica de producción. 5.5.- Escala de producción. 5.6.- Detalle  de la producción del yacimiento durante los últimos dos años. 5.7.- Equipamiento existente. 5.7.1.- Tipo y cantidad. 5.7.2.- Capacidad. 5.8.- Requerimiento  de insumos  y repuestos utilizados durante el proceso: 5.8.1.- Tipo y descripción. 5.8.2.- Cantidad. 5.8.3.- Vida útil. 5.8.4.- Origen. 6.- Procesamiento. 6.1.- Descripción del proceso y método de tratamiento. 6.2.- "Flow sheet" de la planta. 6.3.- Capacidad instalada óptima. 6.4.- Escala de producción. 6.5.- Recuperación o rendimiento. 6.6.- Equipamiento: Idem punto 5.8. 7.- Fundición. 7.1.- Diagrama de flujo. 7.2.- Capacidad instalada. 7.3.- Capacidad diaria. 7.4.- Recuperación o rendimiento. 7.5.- Equipamiento: Idem punto 5.7. 7.6.- Requerimiento de insumos: Idem punto 5.8. 8.- Refinación. Idem Fundición 9.- Servicios Auxiliares. 9.1.- Taller de mantenimiento y reparación. 9.2.- Laboratorio. 9.3.- Seguridad industrial. 9.4.- Almacenes. 9.5.- Otros. 10.- Transporte. 10.1.- Transporte de carga mina a planta. 10.1.1.- Tipo y cantidad. 10.1.2.- Capacidad. 10.2.- VehÃculos livianos. 10.2.1.- Tipo y cantidad. 10.3.- VehÃculos para comercialización. Idem punto 10.1. 11.- Infraestructura. 11.1.- Obras viables. 11.2.- Captación y transporte de agua. 11.3.- Generación y transporte de energÃa. 11.4.- Campamento. 11.5.- Comunicaciones. 11.6.- Sanidad. 11.7.- Otros. 12.- Mano de obra. Detallar la  mano de  obra ocupada  por centro,  con aclaración de profesionales, trabajadores calificados y no calificados. 13.- Cantidad de mineral procesado en los últimos dos años en cada   una de las etapas. 14.- Descripción de los productos finales o comercializables: 14.1.- Clase. 14.2.- Tipo o variedad. 14.3.- GranulometrÃa. 14.4.- Ley. 15.- Destino de la producción. 16.- Volumen fÃsico de ventas de los últimos dos años. 17.- Aspectos ecológicos y ambientales. Posibles  efectos  ambientales  directos  e  indirectos,  con descripción de  las principales  medidas tomadas  con el objeto de corregir los efectos. 18.-Descripción de las tareas previstas a realizar en prospección, exploración, explotación, tratamiento, infraestructura, estudios e investigación, indicando magnitudes y montos de inversión con los correspondientes  cronogramas.  Dicha  información  de ser posible deberá  estar  indicada  para  cada  proyecto  de  exploración  o producción que lleve a cabo la empresa. Fdo.: ANGEL E. MAZA.