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Norma de Argentina

SECRETARIA DE MINERIA

Resolución No. 00104/1995
(B.Oficial: 4-4-1995)      Derogada por: Resolución No. 00030/2018  (Fecha: 2-1-2019)

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Régimen Inversiones Actividad Minera - Solicitud de Inscripción

Régimen Inversiones Actividad Minera - Solicitud de Inscripción

Resolución Nº 104/95 - SM
Buenos Aires, 24 de marzo de 1995.-
VISTO  lo  establecido  en  la  Resolución  SM  Nº  147  del 16 de
setiembre de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que resulta  necesario revisar  los procedimientos creados para la
inscripción en  el Registro  de Inversiones Mineras Ley Nº 24.196,
considerando la experiencia adquirida desde su formulación.
Que  también   es  necesario   facilitar  a   las   empresas   las
tramitaciones correspondientes.
Que esta  SECRETARIA DE  MINERIA tiene competencia para dictar las
normas complementarias  pertinentes en virtud de lo establecido en
los  Arts.  24º  de  la  Ley  Nº  24.196,  y de su Reglamentación,
aprobada por Decreto Nº 2686 del 28 de diciembre de 1993.
Que la  Dirección General  de Asuntos  Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y  OBRAS Y  SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención
que le compete conforme lo prescripto  por el Art. 7º, inc. d)  de
la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MINERIA
RESUELVE:
ART. 1º.-  Sustitúyase a partir  de la fecha  de vigencia de  esta
Resolución el texto del Art. 1º de la Resolución SM Nº 147 del  16
de setiembre  de 1993  por el  siguiente: "Apruébase  la "Guía  de
Solicitud de Inscripción en el Registro de Inversiones Mineras Ley
Nº 24.196", que forma parte  de la presente Resolución como  Anexo
I, el cual es acompañado del Suplemento A". Dicha Guía reemplaza a
las aprobadas por Resolución SM Nº 147/93.
ART.  2º.-  La  presente  Resolución  entrará  en  vigencia el día
siguiente al de su publicación en Boletín Oficial.
ART. 3º.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
ANEXO I
GUIA DE  SOLICITUD DE  INSCRIPCION EN EL  REGISTRO  DE INVERSIONES
MINERAS LEY Nº 24.196
Esta guía se ha elaborado tanto para uso de empresas unipersonales
como pluripersonales,  debiendo indicarse los datos y agregarse la
documentación según corresponda a uno u otro caso.
Las  empresas  deberán  presentar,  con  carácter  de  Declaración
Jurada, una  nota dirigida  a la  Dirección de Inversiones Mineras
solicitando su  inscripción en el Registro de la Ley Nº 24.196, de
acuerdo a lo establecido en el Art. 2º de ella, indicando
1) Denominación  de la  empresa.  Documento  de  identidad  de  su
titular si se trata de una empresa unipersonal. Número de CUIT.
Se deberá  adjuntar copia  autenticada  de  los  instrumentos  que
acrediten la  existencia de  la sociedad  (contrato  social,  acta
constitutiva, estatutos) donde el objeto social sea compatible con
la actividad  minera; así  como  su  inscripción  en  el  Registro
Público de Comercio.
2) Domicilio:  Legal, real  y especial;  en este último caso si lo
hubiera constituido  o constituye a los fines de esta inscripción.
Incluir teléfono y fax si los hubiera.
3) Nómina  de directores,  síndicos o  gerentes según  se trate de
Sociedades Anónimas  o Sociedades  de Responsabilidad Limitada. Si
se trata  de otros  tipos societarios  identificará los socios. En
todos los casos señalar documento de identidad.
Adjuntar copia  autenticada del acta o documento de designación de
autoridades si se trata de una sociedad.
4)  Nombre   y   documento   de   identidad   de   representantes,
administradores,  apoderados   o  gestores  para  actuar  ante  la
Secretaría de minería, si los hubiere.
Adjuntar copia  autenticada de  los poderes  que a  tal efecto  se
hubieren otorgado.
5) Descripción  de las  actividades que desarrolla, con aclaración
de la  actividad principal.  A los fines de describir la actividad
minera presente  y futura deberá completarse el Suplemento "A" que
acompaña el  presente Anexo,  con los  datos  disponibles  por  la
empresa.
6) Derechos mineros que declara poseer.
Adjuntar copia  autenticada  de  los  instrumentos  que  acrediten
dichos derechos  (título de  propiedad de yacimientos, contrato de
arrendamiento, contrato  de provisión  de  mineral  por  terceros,
etc.)
En caso  de empresas  que estén  en producción,  también  se  debe
adjuntar copia del certificado actualizado de productor minero.
Si la  actividad de  la empresa  involucra una  o más  plantas  de
tratamiento,  deberá   adjuntarse   copia   autenticada   de   los
instrumentos de los que surjan los derechos de propiedad, posesión
o tenencia  de dichas instalaciones y copia de la constancia de la
o las  habilitaciones  correspondientes,  expedida  por  autoridad
competente.  En   caso  que   las  municipalidades   no   otorguen
certificados   de   habilitación,   se   deberá   presentar   otra
documentación de  la que surja prueba de la existencia de la o las
plantas de tratamiento en funcionamiento.
Se deberá  incluir un  croquis indicativo de la ubicación del o de
los yacimientos  y planta  o  plantas,  donde  se  especifique  la
distancia entre los mismos.
7) Declaración  jurada individual  del empresario unipersonal o de
la empresa  como persona jurídica y de cada uno de los integrantes
de la sociedad que la Ley menciona, indicando que no se encuentran
incluidos en ninguna de las inhabilidades del Art. 3º de la Ley Nº
24.196. Deben incluirse también las correspondientes a  Directores
y  Síndicos  suplentes,  en  tanto  que  las  declaraciones de los
mandatarios y gestores sólo se requerirán en caso que éstos  estén
habilitados para actuar ante  la Secretaría. Las firmas  de dichas
declaraciones deberán ser  certificadas por escribano  público con
registro, con la debida intervención del colegio respectivo si  el
escribano es  de jurisdicción  distinta de  la Capital  Federal, o
bien por autoridad bancaria reconocida o autoridad policial.
8) Certificación contable sobre la inexistencia de deuda impaga en
los términos del Art. 3º de  la Ley Nº 24.196, o acogimiento  a un
plan  de facilidades   de pago.  Esta  certificación  deberá   ser
autenticada por el Consejo profesional respectivo.
9) Declaración  de que  se compromete  a mantener  informada a  la
Autoridad  de  Aplicación  sobre  cualquier  modificación  que  se
produzca en los datos aportados para dar lugar a la Inscripción en
el Registro,  como así  dar cumplimiento  a  cualquier  obligación
impuesta por  la Ley  Nº 24.196, su Decreto Reglamentario y normas
complementarias.
Esta nota  deberá estar firmada en todas sus fojas, no aceptándose
fotocopias simples de ninguna documentación.
SE ACLARA QUE TODA DOCUMENTACION, DEBERA PRESENTARSE EN ORIGINAL Y
DOS (2) COPIAS SIMPLES.
SUPLEMENTO "A"
Completar los  datos  que  se  enuncian  a  continuación,  con  la
información disponible  y de  acuerdo al  grado de  desarrollo del
proyecto o actividad minera.
1.- Actividad minera.
    Breve descripción de la actividad minera declarada.
2.- Localización de la actividad minera.
2.1.- Nombre  y ubicación  del o  de los  yacimientos; proyecto  o
proyectos (con coordenadas geográficas).
2.2.- Ubicación de la planta o plantas de tratamiento.
3.- Geología.
3.1.- Descripción del area de cada yacimiento o proyecto.
3.2.- Tipo y/o forma del yacimiento.
3.3.- Roca o minerales objeto de la actividad.
4.- Reservas o recursos.
4.1.- Reservas medidas.
4.2.- Reservas probables.
4.3.- Reservas posibles.
4.4.- Reservas Geológicas y/o potenciales.
5.- Minería.
5.1.- Característica y estado del yacimiento.
5.2.- Descripción del método de explotación.
5.3.- Recuperación estimada.
5.4.- Capacidad teórica de producción.
5.5.- Escala de producción.
5.6.- Detalle  de la producción del yacimiento durante los últimos
dos años.
5.7.- Equipamiento existente.
5.7.1.- Tipo y cantidad.
5.7.2.- Capacidad.
5.8.- Requerimiento  de insumos  y repuestos utilizados durante el
proceso:
5.8.1.- Tipo y descripción.
5.8.2.- Cantidad.
5.8.3.- Vida útil.
5.8.4.- Origen.
6.- Procesamiento.
6.1.- Descripción del proceso y método de tratamiento.
6.2.- "Flow sheet" de la planta.
6.3.- Capacidad instalada óptima.
6.4.- Escala de producción.
6.5.- Recuperación o rendimiento.
6.6.- Equipamiento:
Idem punto 5.8.
7.- Fundición.
7.1.- Diagrama de flujo.
7.2.- Capacidad instalada.
7.3.- Capacidad diaria.
7.4.- Recuperación o rendimiento.
7.5.- Equipamiento:
Idem punto 5.7.
7.6.- Requerimiento de insumos:
Idem punto 5.8.
8.- Refinación.
Idem Fundición
9.- Servicios Auxiliares.
9.1.- Taller de mantenimiento y reparación.
9.2.- Laboratorio.
9.3.- Seguridad industrial.
9.4.- Almacenes.
9.5.- Otros.
10.- Transporte.
10.1.- Transporte de carga mina a planta.
10.1.1.- Tipo y cantidad.
10.1.2.- Capacidad.
10.2.- Vehículos livianos.
10.2.1.- Tipo y cantidad.
10.3.- Vehículos para comercialización.
Idem punto 10.1.
11.- Infraestructura.
11.1.- Obras viables.
11.2.- Captación y transporte de agua.
11.3.- Generación y transporte de energía.
11.4.- Campamento.
11.5.- Comunicaciones.
11.6.- Sanidad.
11.7.- Otros.
12.- Mano de obra.
Detallar la  mano de  obra ocupada  por centro,  con aclaración de
profesionales, trabajadores calificados y no calificados.
13.- Cantidad de mineral procesado en los últimos dos años en cada
     una de las etapas.
14.- Descripción de los productos finales o comercializables:
14.1.- Clase.
14.2.- Tipo o variedad.
14.3.- Granulometría.
14.4.- Ley.
15.- Destino de la producción.
16.- Volumen físico de ventas de los últimos dos años.
17.- Aspectos ecológicos y ambientales.
Posibles  efectos   ambientales   directos   e   indirectos,   con
descripción de  las principales  medidas tomadas  con el objeto de
corregir los efectos.
18.-Descripción de las tareas previstas a realizar en prospección,
exploración, explotación, tratamiento, infraestructura, estudios e
investigación, indicando magnitudes y montos de inversión con los
correspondientes  cronogramas.  Dicha  información  de ser posible
deberá  estar  indicada  para  cada  proyecto  de  exploración   o
producción que lleve a cabo la empresa.
Fdo.: ANGEL E. MAZA.