A los fines de la obtención del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) en los términos del Decreto N° 1.330 de fecha 30 de septiembre de 2004 y sus modificatorios, el usuario deberá presentar una solicitud a través de la plataforma web de Trámites a Distancia (TAD) o la que en el futuro la reemplace, que redireccionará al usuario al sistema de gestión.
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