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Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00013/2009
(Fecha: 2-7-2009)      Derogada por: Resolución No. 00011/2022  (Fecha: 20-7-2022)

SUB-ESTÁNDAR 3.7.10. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOLIUM SPP. (RYE GRASS)  SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 34/03)

MERCOSUR/GMC/RES. N° 13/09  

SUB-ESTÁNDAR 3.7.10. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOLIUM SPP. (RYE GRASS)  SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 34/03)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 52/02 y 34/03 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución GMC Nº 34/03, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Lolium spp. (rye grass) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes citados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Sub-estándar  3.7.10. Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp. (rye grass), según País de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina:     

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Brasil:            

Ministério da Agricultura, Pecuária e  Abastecimento - MAPA

Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay:     

Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG

Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE

Uruguay:       

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP

Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 34/03.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/I/2010.

LXXVI GMC - Asunción, 02/VII/09.

SUB-ESTÁNDAR  FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.10. Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp.   según País de Destino y Origen, para los Estados Partes

2009

I- INTRODUCCIÓN

1.- ÁMBITO

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lolium spp.

2.- REFERENCIAS

-         Estándar 3.7  Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.

-         Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2008.

-         Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2009.

3.- DESCRIPCIÓN

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lolium spp., en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

II. 10. A.         PAÍS DE DESTINO:                                                                     ARGENTINA

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil,  Paraguay ni Uruguay.

II. 10. B.         PAÍS DE DESTINO:                                                                     BRASIL

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.

II. 10. C.         PAÍS DE DESTINO:                                                          PARAGUAY

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.  

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.

II. 10. D.         PAÍS DE DESTINO:                                                                     URUGUAY

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay.

 

MERCOSUR/GMC/RES. N° 13/09  

SUB-ESTÁNDAR 3.7.10. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOLIUM SPP. (RYE GRASS)  SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 34/03)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 52/02 y 34/03 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución GMC Nº 34/03, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Lolium spp. (rye grass) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes citados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Sub-estándar  3.7.10. Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp. (rye grass), según País de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina:     

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Brasil:            

Ministério da Agricultura, Pecuária e  Abastecimento - MAPA

Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay:     

Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG

Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE

Uruguay:       

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP

Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 34/03.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/I/2010.

LXXVI GMC - Asunción, 02/VII/09.

SUB-ESTÁNDAR  FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.10. Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp.   según País de Destino y Origen, para los Estados Partes

2009

I- INTRODUCCIÓN

1.- ÁMBITO

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lolium spp.

2.- REFERENCIAS

-         Estándar 3.7  Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.

-         Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2008.

-         Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2009.

3.- DESCRIPCIÓN

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Lolium spp., en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

II. 10. A.         PAÍS DE DESTINO:                                                                     ARGENTINA

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil,  Paraguay ni Uruguay.

II. 10. B.         PAÍS DE DESTINO:                                                                     BRASIL

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.

II. 10. C.         PAÍS DE DESTINO:                                                          PARAGUAY

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.  

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.

II. 10. D.         PAÍS DE DESTINO:                                                                     URUGUAY

                               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Lolium spp.

CATEGORÍA 4
CLASE 3: Semillas. 
Código: LOLSS 21301034
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere Permiso Fitosanitario de Importación. 
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario (o por el CF de Re-Exportación si corresponde).
R1
- Requiere inspección fitosanitaria al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay.