Consejo del Mercado Común
Mercosur - Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social
Decisión Nº 61/00 - CMC Florianópolis, 14 de Diciembre de 2000 MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 61/00 CREACION DE LA REUNION DE MINISTROS Y AUTORIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 18/98 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Carta de Buenos Aires sobre Compromiso Social del MERCOSUR, Bolivia y Chile. CONSIDERANDO: Que la Carta de Buenos Aires adoptada en ocasión de la XVIII Reunión del Consejo del Mercado Común, el 30 de junio de 2000, determina que el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR promueva la institucionalización de una Reunión de Ministros y Autoridades Responsables en Materia de Desarrollo Social. La importancia de ampliar y profundizar el desarrollo social en el proceso de integración. EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE: ART. 1º.- Créase la Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR, que tendrá como función proponer al referido CMC por medio del GMC, medidas tendientes a la coordinación de políticas y el desarrollo de acciones conjuntas volcadas al desarrollo social de los Estados Partes. ART. 2º.- El Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR efectuará el seguimiento de los trabajos de la Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR. ART. 3º.- Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR. XIX CMC - Florianópolis, 14/XII/00
Decisión Nº 61/00 - CMC Florianópolis, 14 de Diciembre de 2000 MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 61/00 CREACION DE LA REUNION DE MINISTROS Y AUTORIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 18/98 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Carta de Buenos Aires sobre Compromiso Social del MERCOSUR, Bolivia y Chile. CONSIDERANDO: Que la Carta de Buenos Aires adoptada en ocasión de la XVIII Reunión del Consejo del Mercado Común, el 30 de junio de 2000, determina que el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR promueva la institucionalización de una Reunión de Ministros y Autoridades Responsables en Materia de Desarrollo Social. La importancia de ampliar y profundizar el desarrollo social en el proceso de integración. EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE: ART. 1º.- Créase la Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR, que tendrá como función proponer al referido CMC por medio del GMC, medidas tendientes a la coordinación de políticas y el desarrollo de acciones conjuntas volcadas al desarrollo social de los Estados Partes. ART. 2º.- El Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR efectuará el seguimiento de los trabajos de la Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR. ART. 3º.- Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR. XIX CMC - Florianópolis, 14/XII/00