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Norma del MERCOSUR

Comisión de Comercio del MERCOSUR

Directiva No. 00017/2009
(Fecha: 4-9-2009)

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 17/09

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 9010.50.90    -- “Aparato para el revelado automático de planchas de fotopolímeros, de ancho superior o igual a 200mm, pero inferior o igual a 850 mm, y longitud superior o igual a 290 mm, mediante la conducción de las planchas a través de una secuencia continua de operaciones y baños en cubetas, preestablecida”.

Cantidad: 40 unidades

Plazo:   12 meses

Alícuota: 2 %

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del  04/XI/09.

CIX CCM - Montevideo, 04/IX/09

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 17/09

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 9010.50.90    -- “Aparato para el revelado automático de planchas de fotopolímeros, de ancho superior o igual a 200mm, pero inferior o igual a 850 mm, y longitud superior o igual a 290 mm, mediante la conducción de las planchas a través de una secuencia continua de operaciones y baños en cubetas, preestablecida”.

Cantidad: 40 unidades

Plazo:   12 meses

Alícuota: 2 %

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del  04/XI/09.

CIX CCM - Montevideo, 04/IX/09