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Norma del MERCOSUR

Comisión de Comercio del MERCOSUR

Directiva No. 00007/2006
(Fecha: 10-11-2006)      Derogada por: Directiva No. 00004/2011  (Fecha: 3-3-2011)

Los pedidos de adopción o renovación de las medidas previstas en la Resolución GMC Nº 69/00 deberán ser presentados por los Estados Partes de acuerdo con el Formulario Básico que consta en el Anexo y forma parte de esta Directiva

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 07/06

FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE

PEDIDOS DE ACCIONES PUNTUALES POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es importante armonizar las prácticas de los Estados Partes en lo que se refiere a la administración de la política arancelaria común.

Que es necesario uniformizar los procedimientos de análisis de casos de reducción temporaria del Arancel Externo Común por razones de abastecimiento, conforme a lo establecido en la Resolución GMC Nº 69/00.

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SEGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 – Los pedidos de adopción o renovación de las medidas previstas en la Resolución GMC Nº 69/00 deberán ser presentados por los Estados Partes de acuerdo con el Formulario Básico que consta en el Anexo y forma parte de esta Directiva.

Art. 2 – Exceptuánse de lo dispuesto en el Artículo precedente los pedidos relativos a productos del área de salud, que podrán utilizar un formulario propio, siempre que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución GMC Nº 69/00.

Art. 3 – La presente Directiva no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXIX CCM – Montevideo, 10/XI/06

ANEXO

RESOLUCIÓN GMC Nº 69/00 –

FORMULARIO BÁSICO

DE MODIFICACIONES ARANCELARIAS

1) DATOS SOBRE LA ENTIDAD DE CLASE

a) Nombre:

b) Dirección:

c) Teléfono/Fax:

d) Persona para contacto/e-mail:

2) CARACTERIZACIÓN DEL PRODUCTO

a) Nombre comercial o marca

b) Nombre técnico o científico

c) Código NCM y descripción

d) Impuesto de Importación: alícuota en el AEC

e) Impuesto de Importación: alícuota actual (si es diferente de la informada en el item anterior)

3) APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 69/00

a) Alícuota pretendida

b) Período de vigencia de la medida

c) Cupo a ser importado durante el período de vigencia

d) Justificación de la necesidad de aplicación de la medida (mencionar elementos que comprueben la imposibilidad de abastecimiento normal y fluido en la región).

4) INFORMACIONES SOBRE LA OFERTA Y DEMANDA DEL PRODUCTO

a)Producción Nacional y Regional - informar los datos, en unidades físicas, de los últimos tres años y los disponibles para el año en curso:

 

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 07/06

FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE

PEDIDOS DE ACCIONES PUNTUALES POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es importante armonizar las prácticas de los Estados Partes en lo que se refiere a la administración de la política arancelaria común.

Que es necesario uniformizar los procedimientos de análisis de casos de reducción temporaria del Arancel Externo Común por razones de abastecimiento, conforme a lo establecido en la Resolución GMC Nº 69/00.

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SEGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 – Los pedidos de adopción o renovación de las medidas previstas en la Resolución GMC Nº 69/00 deberán ser presentados por los Estados Partes de acuerdo con el Formulario Básico que consta en el Anexo y forma parte de esta Directiva.

Art. 2 – Exceptuánse de lo dispuesto en el Artículo precedente los pedidos relativos a productos del área de salud, que podrán utilizar un formulario propio, siempre que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución GMC Nº 69/00.

Art. 3 – La presente Directiva no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXIX CCM – Montevideo, 10/XI/06

ANEXO

RESOLUCIÓN GMC Nº 69/00 –

FORMULARIO BÁSICO

DE MODIFICACIONES ARANCELARIAS

1) DATOS SOBRE LA ENTIDAD DE CLASE

a) Nombre:

b) Dirección:

c) Teléfono/Fax:

d) Persona para contacto/e-mail:

2) CARACTERIZACIÓN DEL PRODUCTO

a) Nombre comercial o marca

b) Nombre técnico o científico

c) Código NCM y descripción

d) Impuesto de Importación: alícuota en el AEC

e) Impuesto de Importación: alícuota actual (si es diferente de la informada en el item anterior)

3) APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 69/00

a) Alícuota pretendida

b) Período de vigencia de la medida

c) Cupo a ser importado durante el período de vigencia

d) Justificación de la necesidad de aplicación de la medida (mencionar elementos que comprueben la imposibilidad de abastecimiento normal y fluido en la región).

4) INFORMACIONES SOBRE LA OFERTA Y DEMANDA DEL PRODUCTO

a)Producción Nacional y Regional - informar los datos, en unidades físicas, de los últimos tres años y los disponibles para el año en curso: