DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
DEPTO. VALORACION Y COMPROBACION DOCUMENTAL DE EXPORTACIONES
Ajuste de Valor de Exportación R.G, 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de pre ajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. a) del C.A.
Habiéndose procedido a valorar los permisos de embarque que se indican a continuación de acuerdo a lo establecido en la RG 620/99 (AFIP), y en concordancia con lo establecido en la Ley 22415, el / los exportador/es citado/s en la presente deberá/n aportar en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación, elementos, explicaciones y/o documentación respaldatoria que permitan al Servicio Aduanero determinar la base de valoración aplicable a las destinaciones mencionadas a fin de ratificar o rectificar la duda razonable surgida a partir de los valores declarados. Para el caso de que se ratifique la misma, se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.
La presentación de la documentación deberá efectuarse a través del Sistema de Trámites Aduaneros (SITA) utilizando exclusivamente los códigos que se indican a continuación, sin perjuicio de poder utilizar otros mecanismos que estime pertinentes y que acrediten de manera fehaciente la presentación de la documental aportada:
Sistema de Trámites Aduaneros (SITA): “Código de Tramite SITA a utilizar: 10031 - Exportación, Recepción de documentación para valoración -” “Código de dependencia y su descripción “ - ABEDCF0000 División Cereales, Oleagi, Subprod. Y Pesca (DE VADE) Código de área y su descripción” ABEDCF0100 Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos (DV CLSP)
Exportador: LATITUD 31 S.A. CUIT: 30-71455379-4
Exportador: BORRE HERBERT CUIT: 20-94083808-9
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DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
DEPTO. VALORACION Y COMPROBACION DOCUMENTAL DE EXPORTACIONES
Ajuste de Valor de Exportación R.G, 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de pre ajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. a) del C.A.
Habiéndose procedido a valorar los permisos de embarque que se indican a continuación de acuerdo a lo establecido en la RG 620/99 (AFIP), y en concordancia con lo establecido en la Ley 22415, el / los exportador/es citado/s en la presente deberá/n aportar en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación, elementos, explicaciones y/o documentación respaldatoria que permitan al Servicio Aduanero determinar la base de valoración aplicable a las destinaciones mencionadas a fin de ratificar o rectificar la duda razonable surgida a partir de los valores declarados. Para el caso de que se ratifique la misma, se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.
La presentación de la documentación deberá efectuarse a través del Sistema de Trámites Aduaneros (SITA) utilizando exclusivamente los códigos que se indican a continuación, sin perjuicio de poder utilizar otros mecanismos que estime pertinentes y que acrediten de manera fehaciente la presentación de la documental aportada:
“Código de Tramite SITA a utilizar: 10031 - Exportación, Recepción de documentación para valoración -” “Código de dependencia y su descripción “ - ABEDCF0000 División Cereales, Oleagi, Subprod. Y Pesca (DE VADE) “Código de área y su descripción” ABEDCF0100 Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos (DV CLSP)
Exportador: ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOP. LTDA (CUIT 30500120882)
Lic. Maria Teresita Palacios, 1° Reemplazo Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos (DV CLSP).
Prof. Martín Darío Patrucco, Jefe (Int.) Div. Cereales, Oleaginosas y Subproductos y Pesca (DE VADE).
Martin Dario Patrucco, Jefe de División, División Cereales, Oleaginosas, Subproductos y Pesca.
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
DEPTO. VALORACION Y COMPROBACION DOCUMENTAL DE EXPORTACIONES
Ajuste de Valor de Exportación R.G, 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de pre ajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. a) del C.A.
Habiéndose procedido a valorar los permisos de embarque que se indican a continuación de acuerdo a lo establecido en la RG 620/99 (AFIP), y en concordancia con lo establecido en la Ley 22415, el / los exportador/es citado/s en la presente deberá/n aportar en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación, elementos, explicaciones y/o documentación respaldatoria que permitan al Servicio Aduanero determinar la base de valoración aplicable a las destinaciones mencionadas a fin de ratificar o rectificar la duda razonable surgida a partir de los valores declarados. Para el caso de que se ratifique la misma, se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.
La presentación de la documentación deberá efectuarse a través del Sistema de Trámites Aduaneros (SITA) utilizando exclusivamente los códigos que se indican a continuación, sin perjuicio de poder utilizar otros mecanismos que estime pertinentes y que acrediten de manera fehaciente la presentación de la documental aportada:
“Código de Tramite SITA a utilizar: 10031 - Exportación, Recepción de documentación para valoración -” “Código de dependencia y su descripción “ - ABEDCF0000 División Cereales, Oleagi, Subprod. Y Pesca (DE VADE) “Código de área y su descripción” ABEDCF0100 Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos (DV CLSP)
Exportador: AJO ARGENTINO SAS (CUIT 30716624729)
Lic. Maria Teresita Palacios, 1° Reemplazo Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos (DV CLSP).
Prof. Martín Darío Patrucco, Jefe (Int.) Div. Cereales, Oleaginosas y Subproductos y Pesca (DE VADE).
Martin Dario Patrucco, Jefe de División, División Cereales, Oleaginosas, Subproductos y Pesca.