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Norma de Argentina

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución No. 05191/2022
(B.Oficial: 13-5-2022)

Nomenclatura común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 49/22 al 54/22.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución General 5191/2022

RESOG-2022-5191-E-AFIP-AFIP

Nomenclatura común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 49/22 al 54/22.

Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2022

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2022-00665523- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 1-250615-2015, 13289-5084-2017, 19144-3501-2019, 19144-1384- 2020 y los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2021-00419626- -AFIP-DVCLAR#SDGTLA y EX-2022-00250990- -AFIP-SECLAA#SDGTLA, se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.

Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 49/22 al 54/22.

Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1.618.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera.

Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo (IF-2022-00728270-AFIPDVCADUDICEOA#DGADUA) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese.

Silvia Brunilda Traverso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar

ANEXO (Artículo 1°)

POSICIÓN ARANCELARIA NCMDESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍACRITERIO
DE CLASIFICACIÓN N°
EXPEDIENTE / ACTUACIÓN SIGEA N°
3207.20.91Composición vitrificable, en forma de pasta, compuesta por plata (59,1 %), solvente orgánico, cobre, plomo, níquel, zinc, boro y silicio, de los tipos utilizados para la fabricación de resistencias calentadoras -a modo de circuito impreso- en lunetas traseras de vehículos automóviles.49/221-250615-2015
3824.99.89Preparación compuesta por aceite de soja (90 % aproximadamente) y emulsionante, presentada en bidones de 20 l., de los tipos utilizados como coadyuvante en la industria agrícola.50/2213289-5084-2017
4202.92.00Neceser, cuyas dimensiones aproximadas son (20 x 14 x 7) cm, con superficie exterior de plástico y sustrato y forro, de materia textil, provisto de cierre de cremallera, de los tipos utilizados para contener artículos de higiene o tocador.51/2219144-3501-2019
8708.99.90Reservorio de plástico para líquido limpiaparabrisas, con tapa del mismo material, que presenta montado, formando un solo cuerpo, una bomba para impulsión del líquido; de los tipos utilizados en vehículos automóviles.52/22EX-2021-00419626- - AFIP- DVCLAR#SDGTLA
8536.50.90Detector de movimiento, inalámbrico, para una tensión de alimentación de 9 Vcc -mediante batería eléctrica-, de los tipos utilizados en sistemas de alarma contra robo, conformado, formando un solo cuerpo, por sensor infrarrojo para detección de presencia de personas y transmisor de radiofrecuencia que opera a 433,95 MHz.53/2219144-1384-2020
3005.90.19Apósito reabsorbible, de colágeno bovino tipo I - purificado y estabilizado-, sobre un soporte de silicona de grado médico reforzado con poliéster; apto para la regeneración dérmica, acondicionado para la venta al por menor con fines médicos o quirúrgicos.54/22EX-2022-00250990- - AFIP- SECLAA#SDGTLA