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Norma de Argentina

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Comunicado No. 07596/2022
(B.Oficial: 7-9-2022)

Circular CONAU 1-1546: R.I. Contable Mensual "Operaciones de Cambios" (R.I. - O.C.). Adecuaciones.    Descargue el PDF

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACIÓN “A” 7596  06/09/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LOS OPERADORES DE CAMBIO:

Ref.: Circular CONAU 1-1546: R.I. Contable Mensual "Operaciones de Cambios" (R.I. - O.C.). Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el Apartado A del Régimen Informativo de la referencia, como consecuencia de lo dispuesto mediante las Comunicaciones “A” 7570, “A” 7571 y el Decreto 576/2022.

En ese sentido, se incorporaron nuevas aclaraciones vinculadas con la identificación para el seguimiento de las operaciones cursadas que se detallan en los puntos 3.24. a 3.30., con vigencia desde las fechas allí señaladas.

Las modificaciones efectuadas serán de aplicación para las presentaciones que se realicen a partir del 08.09.2022.

Se acompañan las hojas a reemplazar en el Texto Ordenado respectivo.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

ANEXO

3.21. Para las operaciones de venta (A11) que correspondan a los códigos de concepto SXX (todos los previstos para “Servicios”) cursadas desde el 28.06.2022 se identificarán aquellas que se realicen de acuerdo con lo establecido para pagos de servicios una vez cumplido el plazo previsto por el punto 3.1.d) de la Comunicación “A” 7532 y complementarias. (código “SF”).

3.22. Para las operaciones de venta (A11) que correspondan a los códigos de concepto B06, B16, B18 y B19 cursadas desde el 22.07.2022 se identificarán aquellas que se realicen de acuerdo con lo previsto para pagos de importaciones de bienes encuadradas en el punto 1 de la Comunicación “A” 7553 (código “BT”).

3.23. Para las operaciones de venta (A11) que correspondan al código de concepto A09 cursadas desde el 27.07.2022 y hasta el 31.08.2022, se identificarán aquellas que se realicen de acuerdo con lo previsto para compras de billetes encuadradas en el punto 1.1 de la Comunicación “A” 7556 (código “AG”).

3.24. Para las operaciones de compra (A13) que correspondan a los códigos de concepto B01, B02 y B03 cursadas desde el 08.08.2022, se identificarán aquellas operaciones encuadradas en el punto 1. de la Comunicación “A” 7571 (código “XL”).

3.25. Para las operaciones de compra (A13) que correspondan a los códigos de concepto B01, B02 y B03 cursadas desde el 05.09.2022, se identificarán aquellas que se realicen en el marco del Decreto 576/2022 (código “XS”).

3.26. Para las operaciones de compra (A13) que correspondan a los códigos de concepto B02 y B03 cursadas desde el 08.08.2022, se identificarán aquellas operaciones encuadradas en el punto 1. de la Comunicación “A” 7570 (código “YO”).

3.27. Operaciones cursadas de acuerdo con lo previsto en el punto 1. de la Comunicación “A” 7570 y simultáneamente en el punto 10.12. de las normas sobre “Exterior y cambios” desde el 08.08.2022:

3.27.a) Para las operaciones de compra (A13) que se realicen por los códigos de concepto B02 y B03 se identificarán con el código “YA”.

3.27.b) Para las operaciones de venta (A11) que se realicen por los códigos de concepto B05, B06, B07, B10, B12, B15, B16, B17, B18, B19, B20, B21, B22 y P13 se identificarán con el código “YA”.

3.28. Operaciones cursadas de acuerdo con lo previsto en el punto 1. de la Comunicación “A” 7570 y simultáneamente en el punto 10.14.2.14. de las normas sobre “Exterior y cambios” desde el 08.08.2022:

3.28.a) Para las operaciones de compra (A13) que se realicen por los códigos de concepto B02 y B03 se identificarán con el código “YB”.

3.28.b) Para las operaciones de venta (A11) que se realicen por los códigos de concepto B05, B06, B13, B15, B16, B17, B18 y B19 se identificarán con el código “YB”.

3.29. Para las operaciones de compra (A13) que correspondan a los códigos de concepto B02 y B03 cursadas desde el 08.08.2022, se identificarán aquellas operaciones encuadradas en el punto 1. de la Comunicación “A” 7570 y simultáneamente en el punto 1. de la Comunicación “A” 7571 (código “YL”).

3.30. Para las operaciones de compra (A13) que correspondan a los códigos de concepto B02 y B03 cursadas desde el 08.08.2022, se identificarán aquellas operaciones encuadradas en el punto 1. de la Comunicación “A” 7570 y simultáneamente de acuerdo con el Decreto 576/2022 (código “YS”).

Las operaciones de acceso al mercado de cambios (A11) que correspondan a distintas situaciones cuya identificación específica sea requerida de acuerdo con lo indicado en los diferentes puntos precedentes, se deberán informar en boletos separados.

APARTADO B: POSICIÓN GENERAL DE CAMBIOS: En dólares estadounidenses.

B.1.        Variación Diaria

B.1.1.   Posición General de Cambios al cierre del día anterior

B.1.2.    Compras concertadas de billetes y divisas con clientes.

B.1.3.    Ventas concertadas de billetes y divisas con clientes.

B.1.4.    Compras de billetes y divisas al BCRA.

B.1.5.    Ventas de billetes y divisas al BCRA.

B.1.6.    Compras de billetes y divisas a otras entidades del país.

B.1.7.    Ventas de billetes y divisas a otras entidades del país.

B.1.8.    Aumentos en la PGC por constitución de depósitos locales en moneda extranjera.

B.1.9.   Disminuciones en la PGC por retiro de depósitos locales en moneda extranjera (incluye retiros por orden judicial).

B.1.10.  Aumentos por retiros de moneda extranjera del Banco Central

B.1.11.  Disminuciones por depósitos en moneda extranjera en el Banco Central

B.1.12.  Aumentos por cobros de créditos locales en moneda extranjera.

B.1.13.  Disminuciones por desembolsos de créditos locales en moneda extranjera.

B.1.14.  (Eliminado)

B.1.15.  (Eliminado)

B.1.16.   Transferencias al B.C.R.A. por operaciones de convenio liquidadas en pesos a clientes.

B.1.17.   Transferencias del B.C.R.A. por operaciones de convenio liquidadas en pesos a clientes.

B.1.18 Aumentos en la PGC por variaciones de tipos de pase y cotizaciones de títulos ex- tranjeros.

B.1.19.  Disminuciones en la PGC por variaciones de tipos de pase y cotizaciones de títulos extranjeros.

B.1.20.  Aumentos por concertación de pases activos en moneda extranjera con el BCRA.

B.1.21.  Disminución por cancelación de pases activos en moneda extranjera con el BCRA.

B.1.22.  Aumentos por cancelación de pases pasivos en moneda extranjera con el BCRA.

B.1.23.  Disminución por concertación de pases pasivos en moneda extranjera con el BCRA.

B.1.24.  Aumento bruto en la cuenta de corresponsalía por acreditaciones de transferencias de terceros.

B.1.25.  Disminución bruta en la cuenta de corresponsalía por transferencias de terceros.

B.1.26.  Otros aumentos.

B.1.27.  Otras disminuciones.

B.1.28.  Posición General de Cambios al cierre del día.

En el punto B.1.24 deben informarse:

-           Los ingresos de fondos en las cuentas de corresponsalía de la entidad correspondientes a transferencias de terceros, que fueron ingresadas en el día en los registros contables de la entidad.

En el punto B.1.25 deben informarse:

-           Las transferencias de terceros recibidas y contabilizadas en cuentas de corresponsalía, por las cuales en el día informado se efectuó la concertación de cambio con el cliente, y/o se procedió a la devolución de la transferencia al emisor de la transferencia, y/o se retransfirió dentro de las posibilidades contempladas en la normativa cambiaria.

No se incluyen las transferencias por aplicaciones de los fondos de terceros en el marco de la normativa vigente, que deben ser declaradas en el punto que corresponda.

B.1.        Concertaciones y vencimientos del día de operaciones a término de moneda extranjera, en el equivalente en dólares estadounidenses, realizadas y liquidadas en el país por compensación en moneda doméstica.

B.1.1.   Concertaciones de compras a término de moneda extranjera

B.1.2.   Vencimientos de compras a término de moneda extranjera

B.1.3.   Concertaciones de ventas a término de moneda extranjera

B.1.4.   Vencimientos de ventas a término de moneda extranjera

La información solicitada en los puntos B.2.1. y B.2.3. debe integrarse teniendo en cuenta las altas netas de las bajas de las compras y ventas concertadas, respectivamente, de acuerdo con lo definido en las Instrucciones Particulares del Régimen Informativo “Operaciones a Término”.

B.2.        Concertaciones y vencimientos del día de operaciones a término de moneda extranjera, en el equivalente en dólares estadounidenses, realizadas y liquidadas en el exterior.

B.2.1.   Concertaciones de compras a término de moneda extranjera en el exterior

B.2.2.   Vencimientos de compras a término de moneda extranjera en el exterior

B.2.3.   Concertaciones de ventas a término de moneda extranjera en el exterior

B.2.4.   Vencimientos de ventas a término de moneda extranjera en el exterior

La información solicitada en los puntos B.3.1. y B.3.3. debe integrarse teniendo en cuenta las altas netas de las bajas de las compras y ventas concertadas, respectivamente, de acuerdo con lo definido en las Instrucciones Particulares del Régimen Informativo “Operaciones a Término”.

APARTADO C: COMPOSICIÓN DE LA POSICIÓN GENERAL DE CAMBIOS:

En dólares estadounidenses

Se informará la composición de la Posición General de Cambios al último día del mes informado de acuerdo con la siguiente apertura:

C.1.       Disponibilidades en oro, divisas y billetes en moneda extranjera en el país.

C.2.       Saldos activos de corresponsalía.

C.3.       Saldos pasivos de corresponsalía.

C.4.       Tenencias de títulos públicos y privados extranjeros.

C.5.       Tenencias en moneda extranjera en concepto de depósitos e inversiones a todo plazo en bancos del exterior.

C.6.       Otras disponibilidades en oro, divisas y billetes en moneda extranjera en el exterior.

C.7.       Tenencias en moneda extranjera por todo tipo de inversiones líquidas en el exterior.

C.8.       Letras de cambio y otros activos donde el obligado principal del pago sea un no residente.

C.9.       . Compras de oro, divisas, billetes en moneda extranjera y títulos públicos y privados emitidos por no residentes, concertadas y pendientes de liquidación (en un plazo no mayor a las 48 horas).

C.10.     .  Ventas de oro, divisas, billetes en moneda extranjera y títulos públicos y privados emitidos por no residentes, concertadas y pendientes de liquidación (en un plazo no mayor a las 48 horas).

C.11.     .   Posición General de Cambios Total a la fecha de información. (Debe ser consistente con lo informado en el punto B.1.28. para el último día de cada mes).

Criterios de validación

Validación del Apartado A – Operaciones de cambios

Se considerará no validada toda presentación donde en una o más de las categorías que se detallan a continuación se observe que el valor consignado en el Apartado B: Posición General de Cambios para dicha categoría, difiere por un valor absoluto mayor al valor de tolerancia admitido respecto al valor total en dólares equivalentes de las operaciones del Apartado A correspondientes a dicha categoría.

·      Compras a Clientes: el punto B.1.2 debe corresponderse con el total equivalente en dólares de las operaciones A.1.3 menos las operaciones A.2.3.

·      Ventas a Clientes: el punto B.1.3 debe corresponderse con el total equivalente en dólares de las operaciones A.1.1 menos las operaciones A.2.1.

·      Compras al BCRA: el punto B.1.4 debe corresponderse con el total equivalente en dólares de las operaciones A.1.4 donde el punto A.1.4.2 sea igual a “30”, menos las operaciones A.2.4 que cumplan igual condición.

·      Ventas al BCRA: el punto B.1.5. debe corresponderse con el total equivalente en dólares de las operaciones A.1.2 donde el punto A.1.2.2 sea igual a “30”, menos las operaciones A.2.2 que cumplan igual condición.

·      Compras a otras entidades del país: el punto B.1.6. debe corresponderse con el total equivalente en dólares de las operaciones A.1.4 donde el punto A.1.4.2 sea distinto de “30” menos las operaciones A.2.4 que cumplan igual condición.

·      Ventas a otras entidades del país: el punto B.1.7. debe corresponderse con el total equivalente en dólares de las operaciones A.1.2 donde el punto A.1.2.2 sea distinto de “30”, menos las operaciones A.2.2 que cumplan igual condición.

Valor de tolerancia admitido: En cada una de las categorías el valor de tolerancia admitido surgirá de los siguientes componentes:

-          Un monto fijo de U$S 1.000.- (mil dólares)

-          más el 0.1% del total del valor de las operaciones en dólares de la categoría

-          más el 0.2% del total del valor equivalente en dólares de las operaciones en otras monedas cotizadas por la mesa de operaciones del BCRA de la categoría

-          más el 25% del total equivalente en dólares de las operaciones en otras monedas no cotizadas por la mesa de operaciones del BCRA de la categoría -este margen no será aplicable para las operaciones efectuadas con el BCRA-.

Validación del Apartado B – Posición General de Cambios

·      El valor consignado en el punto B.1.1. “Posición General de Cambios al cierre del día anterior” debe coincidir con el informado en el punto B.1.28 “Posición General de Cambios al cierre del día” del día previo.

·      La “Posición General de Cambios al cierre del día” -punto B.1.28- debe coincidir exactamente con la suma algebraica de los conceptos informados, según la siguiente ecuación:

B.1.28 = + B.1.1. + B.1.2. – B.1.3. + B.1.4. – B.1.5. + B.1.6. – B.1.7. + B.1.8. –

B.1.9. + B.1.10. – B.1.11. + B.1.12. – B.1.13. + B.1.16. – B.1.17. +

B.1.18. – B.1.19. + B.1.20. – B.1.21. + B.1.22. – B.1.23. + B.1.24. - B.1.25. + B.1.26. – B.1.27.

Se aclara que los puntos B.1.1 a B.1.7. y B.1.28. pueden tener valores positivos o negativos, los restantes se deberán informar únicamente como valores positivos.

Validación del Apartado C – Composición de la Posición General de Cambios

·      La “Posición General de Cambios Total a la fecha de información” -punto C.11- debe coincidir exactamente con la suma algebraica de los restantes conceptos informados en el apartado, según la siguiente ecuación:

C.11. = + C.1. + C.2. – C.3. + C.4. + C.5. + C.6. + C.7. + C.8. + C.9 – C.10.

·      El punto C.11. “Posición General de Cambios Total a la fecha de información” no podrá diferir por un valor absoluto mayor al valor de tolerancia admitido con el punto B.1.28. “Posición General de Cambios al cierre del día” para el último día del mes informado.

El valor de tolerancia admitido será el menor de los siguientes valores:

-           Un monto fijo de U$S 1.000.- (mil dólares) más el 3% del valor absoluto del monto informado en el punto B.1.28. del Apartado B correspondiente al último día del mes informado.

Un monto fijo de U$S 200.000.- (doscientos mil dólares)

Aclaraciones

Valor equivalente en dólares

El valor equivalente en dólares de cada operación se obtendrá teniendo en cuenta lo siguiente:

a.      Operaciones en dólares: se tomará el importe en moneda original de la operación.

b.      Operaciones en otras monedas cotizadas por la mesa del BCRA: se tomará el importe en moneda original de la operación multiplicada por el tipo de pase publicado por la mesa de operaciones del Banco Central para dicho día o el último día hábil previo en caso que dicho día no hubiese cotización.

c.      Operaciones en otras monedas no cotizadas por la mesa del BCRA: se tomará el importe en pesos de la operación dividido por el tipo de cambio de referencia (Com. “A” 3500) para dicho día o el último día hábil previo en caso que dicho día no hubiese cotización.

Rectificación de información

En caso de que se rectifique alguno de los montos consignados en los puntos B.1.2. a B.1.7. y no se cumpla con el margen de tolerancia admitido para alguna de las categorías, se considerará no validado el Apartado A en tanto no sea también rectificado.

En el mismo sentido, cuando se rectifique el Apartado B del último día del mes informado y se deje de cumplir con el margen de tolerancia admitido respecto del Apartado C, éste se considerará no validado y deberá ser rectificado.

ANEXO I: Códigos de instrumentos

1          Billetes

2          Transferencia

3          Orden de pago

4          Giros

5          Cheques de viajeros

6          Otros cheques

7          Débito / Crédito bancario de cuentas locales en moneda local

9          Operaciones cursadas por cuentas de convenio

10        Débito / Crédito bancario de cuentas locales en moneda extranjera

11        Transferencia SML

99      Otros

ANEXO II: Códigos de conceptos

1.  Bienes

B01      Cobros de exportaciones de bienes

B02      Cobros anticipados de exportaciones de bienes

B03      Financiaciones del exterior por exportaciones de bienes B04            Financiación de bancos locales por exportaciones de bienes

B05      Pagos anticipados de importaciones de bienes (excepto bienes de capital) B06            Pagos diferidos de importaciones de bienes (excepto bienes de capital)

B07     Pagos vista de importaciones de bienes (excepto bienes de capital e insumos para la pro- ducción local de bienes)

B08      Pagos por otras compras de bienes al exterior

B09      Compraventa de bienes sin paso por el país y vendidos a terceros países

B10     Pagos de deudas comerciales por importaciones de bienes sin registro de ingreso aduane- ro (excepto bienes de capital e insumos para la producción local de bienes)

B11     Cancelación de garantías comerciales de entidades financieras de importaciones de bienes sin registro de ingreso aduanero

B12      Pagos anticipados de importaciones de bienes de capital

B13     Pagos con registro de ingreso aduanero pendiente por la importación de medicamentos crí- ticos a ingresar por el beneficiario o bienes del Decreto N° 333/20

B14     Cancelación de garantías comerciales de entidades financieras por importaciones de bie- nes con registro de ingreso aduanero

B15   Pagos de deudas comerciales por la importación de bienes con agencias oficiales de crédi- to a la exportación o una entidad financiera del exterior o que cuente con garantía otorgada por las mismas

B16 Pagos con registro de ingreso aduanero pendiente por la importación de productos o insu- mos relacionados con la provisión o elaboración local de medicamentos u otros bienes re- lacionados con la atención médica y/o sanitaria de la población

B17     Pagos de deudas comerciales por la importación de medicamentos críticos de personas ju- rídicas que tengan a cargo su provisión a pacientes

B18     Pagos vista de importaciones de insumos para la producción local de bienes

B19     Pagos de deudas comerciales por importaciones de insumos para la producción local de bienes sin registro de ingreso aduanero

B20     Pagos vista de importaciones de bienes de capital

B21     Pagos de deudas comerciales por importaciones de bienes de capital sin registro de ingre- so aduanero

B22     Pagos diferidos de importaciones de bienes de capital

1. Servicios

S01    Mantenimiento y reparaciones
S02    Servicios de fletes
S03    Servicios de transporte de pasajeros
S04    Otros servicios de transportes
S05    Servicios postales y de mensajería
S06    Viajes y otros pagos con tarjetas
S07    Servicios de construcción
S08    Primas de seguros
S09    Siniestros
S10    Servicios auxiliares de seguros
S11    Servicios financieros
S12    Servicios de telecomunicaciones
S13    Servicios de informática
S14    Servicios de información
S15    Cargos por el uso de la propiedad intelectual
S16    Servicios de investigación y desarrollo
S17    Servicios jurídicos, contables y gerenciales
S18    Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
S19    Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
S20    Servicios de arrendamiento operativo
S21    Servicios relacionados con el comercio
S22    Otros servicios empresariales
S23    Servicios audiovisuales y conexos
S24    Otros servicios personales, culturales y recreativos (incluye enseñanzas educativas)
S25    Servicios del gobierno
S26    Servicios de salud por empresas de asistencia al viajero
S27    Otros servicios de salud

1.  Ingreso Primario y Secundario

I01       Intereses del exterior
I02       Intereses locales
I03       Utilidades y dividendos
I04       Remuneración de empleados
I05       Alquiler de inmuebles
I06       Otras rentas
I07       Transferencias personales
I08       Otras transferencias corrientes

2.  Capital

C01     Adquisiciones/disposiciones de activos no financieros no producidos
C02            Transferencias de capital

3.  Financiera - Transacciones de activos externos y otros activos en moneda extranjera

A01     Instrumentos de deuda entre empresas afiliadas
A02     Inversiones de residentes en inmuebles en el exterior
A03     Otras inversiones directas de residentes
A04     Títulos de deuda
A05     Derivados financieros
A06     Préstamos otorgados a no residentes
A07     Depósitos de residentes en el exterior
A08     Otras inversiones en el exterior de residentes
A09     Billetes y cheques de viajeros en poder de residentes
A10     Débito/crédito de moneda extranjera en cuentas locales por transferencias con el exterior
A11     Suscripción primaria de entidades financieras de títulos valores
A12     Otras operaciones de compra/venta de títulos valores por parte de entidades
A14     Operaciones de empresas procesadoras de pagos
A15     Ingresos de divisas vinculadas a exportaciones de bienes pendientes de liquidación
A16     Billetes asociados a operaciones entre residentes
A17     Transferencias desde/al exterior asociadas a operaciones entre residentes
A18     Compra de moneda extranjera para la adquisición de inmuebles en el país con crédito hipo tecario
A19     Constitución de depósitos en moneda extranjera para aplicar al pago de servicios de deuda
A20     Billetes en moneda extranjera por instrucción judicial
A21     Billetes en moneda extranjera de representaciones diplomáticas y consulares, organismos internacionales y otro personal diplomático acreditado
A22     Acreditación de cobros de exportaciones de servicios

4.  Financiera - Transacciones de pasivos externos y otros pasivos en moneda extranjera

P01     Instrumentos de deuda entre empresas afiliadas
P02     Inversiones de no residentes en inmuebles en el país
P03     Otras inversiones directas de no residentes
P04     Títulos de deuda
P05     Derivados financieros
P06     Préstamos financieros de organismos internacionales y agencias oficiales de crédito
P08     Otros préstamos financieros
P09     Líneas de crédito del exterior
P10     Depósitos locales de no residentes
P11     Otras inversiones de no residentes
P12      Otras financiaciones locales otorgadas por la entidad (excluida la financiación de exportaciones)
P13      Pagos de principal de deudas financieras con el exterior originadas en importaciones de bienes
P14      Depósitos locales de no residentes asociados a ingresos destinados a viajes

COMPLEMENTO DEL APARTADO A: INFORMACIÓN SOBRE SISTEMA INTEGRAL DE MONI- TOREO DE IMPORTACIONES (SIMI).

Para cada una de las operaciones de venta (A11) con código de seguimiento (MSD) reportadas en el Apartado A del día bajo informe, se deberán informar los siguientes datos:

·   Fecha de la información/operación.

·   Número de boleto interno.

·   Código de identificación del pago de importaciones.

·   Número de oficialización de SIMI (o declaración de no requerimiento de SIMI)

Se deberán tener en cuenta únicamente las citadas operaciones que no se encuentren anuladas en el día bajo informe.

Tabla – Códigos de jurisdicción

CódigoJurisdicción

01

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

02

Buenos Aires

03

Catamarca

04

Córdoba

05

Corrientes

06

Chaco

07

Chubut

08

Entre Ríos

09

Formosa

10

Jujuy

11

La Pampa

12

La Rioja

13

Mendoza

14

Misiones

15

Neuquén

16

Río Negro

17

Salta

18

San Juan

19

San Luis

20

Santa Cruz

21

Santa Fe

22

Santiago del Estero

23

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

24

Tucumán

25

Fuera del país