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Norma de Argentina

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Resolución No. 02772/1997
(B.Oficial: 28-7-1997)      Derogada por: Resolución No. 02570/2009  (Fecha: 4-3-2009)

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Libro Diario de Operaciones- Deroga obligación p/ agentes de trans

Libro Diario de Operaciones- Deroga obligación p/ agentes de trans

Resolución Nº 2772/97 - ANA
Buenos Aires, 07 de julio de 1997
VISTO que el Artículo 72 del Código Aduanero (Ley 22.415)  dispone
que la  Administración Nacional  de Aduanas  podrá exigir  que los
agentes de transporte  aduanero lleven un  libro rubricado por  la
aduana que correspondiere a su domicilio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante  el dictado  de la  Resolución Nº  2164/86 se  ejerce
la facultad mencionada en el Visto, al contemplarse en sus  Anexos
II punto 1.9 y XIV un Libro Diario de Operaciones.
Que el Centro de Agentes  Marítimos de la República Argentina,  la
Asociación  Argentina  de  Agentes  de  Carga  Internacional  y el
Centro de  Navegación, solicitan  la derogación  de la  obligación
impuesta  y   sustentan  su   requerimiento  en   que  los   datos
estipulados   en   los   Anexos   citados,   deben    incorporarse
obligatoriamente en el  Módulo Manifiesto del  Sistema Informático
María, puesto en vigencia  por las Resoluciones Nros.  258/93 (vía
aérea), 630/94 (vía acuática) y 970/95 (vía terrestre).
Que  en  consecuencia,  se  considera  que  pierde  relevancia  la
información, que con fines enderezados al control, debe  asentarse
en el libro exigido actualmente.
Que la presente se  dicta en uso de  la facultad conferida por  el
Artículo 23, inciso i)  y j) de la  Ley 22.415 y lo  prescripto en
el Artículo 3º del Decreto Nº 1156/96.
Por ello,
LA INTERVENTORA EN LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ART. 1º.- Derogar los  Anexos II punto 1.9  y XV de la  Resolución
Nø  2164/86,  por  el  cual  se  impone  llevar un Libro Diario de
Operaciones a los agentes de transporte aduanero.
ART. 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el  de
esta  Administración  Nacional.  Remítase  copia,  a  través de la
División  Despacho,  a  la   Secretaría  de  Hacienda.   Cumplido,
archívese.
Fdo.: MARIA I. FANTELLI