ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 2336
Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.
Bs. As., 25/10/2007
VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el ArtÃculo 3º de la norma citada en primer término, corresponde informar la identificación de los agentes de retención que se incorporan al mencionado régimen y de los que han quedado excluidos del mismo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos JurÃdicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el ArtÃculo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ArtÃculo 1º — ModifÃcase el Anexo I de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Anexo I de la Resolución General Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente:
- ElimÃnanse a los contribuyentes que se indican a continuación:
“30-50004120-6 LA PREVISION COOPERATIVA DE SEGUROS STDA”
“30-63336199-8 PARMALAT ARGENTINA SA”
Art. 2º — ModifÃcase el Anexo de la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones —texto según Anexo II de la Resolución General Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente:
- ElimÃnanse a los responsables que se indican a continuación:
“30-62145392-7 FRUTICOLA BL S.A.”
“30-70700296-0 PASTAS CELULOSICAS PIRAY SOCIEDAD ANONIMA”
Art. 3º — ModifÃcase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Resolución General Nº 1126—, en la forma que se detalla seguidamente:
- Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:
“30-70828566-4 BAUM S.R.L.”
“30-57620989-0 FORESTADORA TAPEBICUA SOCIEDAD ANONIMA”
“30-57018935-9 GERULA SA”
Art. 4º — Lo establecido en los ArtÃculos 1º, 2º y 3º tendrá efectos a partir del dÃa 1 de noviembre de 2007, inclusive.
Art. 5º — RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Alberto R. Abad.