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Norma de Argentina

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución No. 02021/2006
(B.Oficial: 31-3-2006)

Sistema Informático María (SIM). Registro de solicitudes de importación y exportación para consumo en forma simplificada por parte de Prestadores de Servicios Postales/Courier mediante documentos electrónicos.   Descargue el PDF

Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 2021

Sistema Informático María (SIM). Registro de solicitudes de importación y exportación para consumo en forma simplificada por parte de Prestadores de Servicios Postales/Courier mediante documentos electrónicos.

Bs. As., 30/3/2006

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12105-31-2005 del registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Aduanas, dependiente de esta Administración Federal, ha solicitado "impulsar el desarrollo de un sistema informático con plataforma en el Sistema Informático MARIA (SIM), con miras a obtener la total informatización de las operaciones de importación y exportación por el Régimen de Servicios Postales PSP/Courier".

Que el objetivo solicitado implica ampliar los procesos informáticos regulados mediante la Resolución Nº 2436 (ANA) del 16 de julio de 1996, sus modificatorias y complementarias y la Resolución General Nº 845 y su modificatoria y complementaria Nº 877.

Que evaluadas las distintas alternativas posibles de implementación, teniendo en cuenta para ello las recomendaciones de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y las experiencias de otras administraciones aduaneras, se ha optado por la transferencia electrónica de datos, vía "Internet", para la formalización de las mencionadas solicitudes de destinación.

Que la solución elegida resulta consecuente con el plan general de esta Administración Federal, destinado a mudar la totalidad del Sistema Informático MARIA (SIM) a este tipo de tecnología.

Que además, la informatización que por la presente se instrumenta constituye un soporte relevante para el análisis del comportamiento de los operadores del régimen, favoreciendo el control aduanero en la fiscalización correspondiente.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 234, 235, 332 y 333 del Código Aduanero, Ley Nº 22.415 y sus modificaciones, y por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

El ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que las solicitudes de destinación de importación y exportación para consumo en forma simplificada efectuadas por los Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán ser formalizadas mediante transferencia electrónica de datos, vía "Internet". El documento electrónico de las mencionadas solicitudes de destinación deberá ser generado y remitido a través de la citada red, con anterioridad a su presentación ante el Servicio Aduanero.

Art. 2º — Las solicitudes de destinación, a que se refiere el artículo precedente, deberán contener los datos que se detallan en los Anexos I y II, según se trate de operaciones de importación o exportación, respectivamente. La información correspondiente a los mencionados datos tendrá el carácter de declaración comprometida.

Art. 3º — La Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones, dependiente de este organismo, publicará en la página "web" institucional de esta Administración Federal (http://www.afip.gov.ar) los mecanismos, condiciones y estructura de datos establecidos para la emisión, recepción e impresión de los documentos electrónicos de las solicitudes de destinación, ingresadas con "Clave Fiscal" por los Prestadores de Servicios Postales/Courier.

Art. 4º — Validada la información trasmitida de los documentos electrónicos relativos a la solicitud de destinación de importación para consumo en forma simplificada, el sistema informático generará automáticamente el registro de la destinación sumaria "PART", asignándole a dicha solicitud el número de identificador correspondiente con el siguiente formato: "Año/Aduana/PART/Nro.Registro/Letra de Control".

Art. 5º — Validada la información trasmitida de los documentos electrónicos relativos a la solicitud de destinación de exportación para consumo en forma simplificada, el sistema informático generará la Destinación Simplificada Courier de Exportación" (DSCE), asignándole a dicha solicitud el identificador correspondiente, con el siguiente formato: "Año/Aduana/DSCE/Nro.Registro/Letra de Control".

Art. 6º — La impresión de los datos trasmitidos de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º se efectuará en el formulario F. 3003 – "Solicitud de Destinación Simplificada PSP/Courier" – (SD - PSP), debidamente suscripto por el Prestador de Servicios Postales/Courier habilitado. Dicho formulario reemplaza a sus similares OM-1125 y OM-476 para este tipo de operaciones. Para el libramiento de las mercaderías se deberá contar con las intervenciones del Servicio Aduanero en los campos habilitados al efecto en las aludidas impresiones y operar las transacciones previstas en cada caso en el sistema.

Art. 7º — El Servicio Aduanero, previo a efectuar en el Sistema Informático MARIA (SIM) el cambio de estado de las solicitudes de destinación, a que se refiere el artículo 1º, de "Registrado" a "Presentado", deberá proceder a registrar en dicho Sistema la liquidación y afectación del pago de las obligaciones tributarias correspondientes a tales destinaciones.

Art. 8º — Facúltase a la Dirección General de Aduanas y a la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros de la Subdirección General de Recaudación, ambas dependientes de esta Administración Federal, a dictar las instrucciones complementarias necesarias para la implementación de esta resolución general.

Art. 9º — Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de la presente.

Art. 10. — Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial sus disposiciones resultarán de aplicación, según el tipo de solicitudes de destinación de que se trate, en las fechas que en cada caso se indican seguidamente:

a) Importación para consumo en forma simplificada: a partir del día 2 de mayo de 2006, inclusive.

b) Exportación para consumo en forma simplificada: a partir del día 1 de junio de 2006, inclusive.

Art. 11. — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Producción, a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR —Sección Nacional—, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo - R.O.U.), a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduana de América Latina, España y Portugal (México D.F.). Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.

ANEXO I RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2021

SOLICITUD DE DESTILACIÓN DE IMPORTACIÓN EN FORMA SIMPLIFICADA

DATOS GENERALES DESCRIPCIÓN
Indicador del Régimen Indicador del tipo de régimen a que pertenece la destinación que se trasmite ("I").
Fecha Fecha de registro de la destinación. Dato a integrar por el sistema.
Aduana (*) Código de aduana por la que se efectúa la operación.
Identificador Número de identificador de la destinación. Dato a integrar por el sistema.
Fojas Números de fojas y cantidad total de fojas que componen el documento. Dato a integrar por el sistema.
CUIT del PSP/Courier Número completo de la CUIT del PSP/Courier.
PSP/Courier Nombre o razón social tal como figura registrado en Aduana. Dato a integrar por el sistema.
 
DATOS GENERALES DESCRIPCION
   
Identificador del Manifiesto Número de identificador del Manifiesto en el que se declaró el documento de transporte que se afectará con la Afectación Sumaria Particular (PART) y que ampara los bultos que se destinarán por la Destinación de Importación en forma simplificada.
Identificador del Viaje Número y/o siglas que identifiquen en forma unívoca el viaje del medio de transporte.
Número de Documento de Transporte Número o siglas de identificación del documento de transporte que se afectará con la Afectación Sumaria Particular (PART) y que ampara los bultos que se destinarán por Destinación de Importación en forma simplificada.
DATOS DEL ENVIO DESCRIPCION
Número de Documento de Transporte del envío Número o siglas de identificación del documento de transporte que ampara cada uno de los envíos según cada destinatario.
País de procedencia del envío (*) Código del país donde fue expedida la mercadería, con destino final al territorio aduanero.
Cantidad de Bultos Cantidad de bultos a destinar por envío.
Peso Bruto Cantidad de kilos brutos por envío.
Valor FOB del envío Valor FOB total del envío expresado en dólares estadounidenses.
Valor de Flete del envío Valor de Flete del envío expresado en dólares estadounidenses.
Valor de Seguro del envío Valor de Seguro del envío expresado en dólares estadounidenses.
Monto Total a pagar por el envío Importe que corresponde al total de tributos a pagar por el envío expresados en dólares estadounidenses.
 
Nombre del remitente Apellido y Nombres o razón social del remitente del envío.
Domicilio del remitente Domicilio del remitente.
Localidad del domicilio del remitente Localidad del domicilio del remitente.
DATOS DEL ENVIO DESCRIPCION
Provincia o Estado del domicilio del remitente Provincia o Estado del domicilio del remitente.
País del remitente (*) Código de país del remitente.
Tipo de documento del destinatario Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT),
Código Unico de Identificación Laboral (CUIL),
Clave de Identificación (CDI) o Pasaporte del destinatario, según corresponda.
Número de documento del destinatario (**) Número completo de la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), Código Unico de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) del destinatario. En caso que el destinatario sea extranjero, se consignarán los datos del Pasaporte (número/código de país otorgante *).
Destinatario Apellido y Nombres o razón social del destinatario del envío. En caso de haberse consignado CUIT, CUIL o CDI en el campo anterior, el sistema integrará automáticamente este dato.
Domicilio del destinatario Domicilio del destinatario.
Localidad del domicilio del destinatario Localidad del domicilio del destinatario.
Provincia del domicilio del destinatario (*) Provincia del domicilio del destinatario.
DATOS DE LA MERCADERIA DESCRIPCION
Posición Arancelaria NCM Posición arancelaria NCM según cada mercadería del envío.
Descripción de la mercadería En forma literal, las características y género de la mercadería a los fines de su identificación dentro de la posición arancelaria NCM y de su valoración.
Tipo de unidad por P.A (*) Código de unidad de la mercadería.
Cantidad de Unidades por P.A Cantidad de unidades de la mercadería que se destina para cada una de las posiciones arancelarias N.C.M declaradas.
País de Origen por P.A (*) Código de país del cual resulta originaria la mercadería para cada una de las posiciones arancelarias declaradas. Dato opcional.
Ventajas (*) Campo bloqueado a la fecha.
Valor FOB por P.A Valor FOB expresado en dólares estadounidenses para cada una de las posiciones arancelarias declaradas.
Valor en Aduana por P.A Valor en aduana de la mercadería expresado en dólares estadounidenses para importación de acuerdo con las normas en vigencia.
Base Imponible I.V.A por P.A Base imponible IVA de la mercadería expresada en dólares estadounidenses de acuerdo con las normas en vigencia.
DATOS DE LA LIQUIDACION (***) DESCRIPCION
Tipo de Tributo (*) Código del concepto a tributar.
Alícuota del Tributo Alícuota correspondiente al tributo aplicable a la mercadería.
Monto del Tributo Importe del tributo a pagar expresado en dólares estadounidenses.
TOTALES GENERALES DESCRIPCION
Bultos Sumatoria de la cantidad de bultos declarados en la destinación. Dato integrado por el sistema.
 
TOTALES GENERALES DESCRIPCION
   
Total a Pagar Sumatoria de los importes totales de los tributos a pagar en la destinación. Dato integrado por el sistema.
VEP Identificador VEP. Campo bloqueado a la fecha.

(*) Códigos según tablas codificadoras del Sistema Informático MARIA (SIM).

(**) En caso que al momento de efectuar la declaración simplificada no se posea la CUIT, CUIL, CDI o Pasaporte del destinatario, el PSP Courier podrá consignar su propia CUIT a los efectos del despacho. Dentro del día hábil siguiente a la entrega del envío deberá sustituir ese dato por el que efectivamente corresponda al destinatario del mismo.

(***) Campos que se repetirán para cada concepto a tributar para cada mercadería.

ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 2021

SOLICITUD DE DESTINACION DE EXPORTACION EN FORMA SIMPLIFICADA

DATOS GENERALES DESCRIPCION
Indicador del Régimen Indicador del tipo de régimen a que pertenece la destinación que se trasmite ("E").
Fecha Fecha de registro de la destinación. Dato a integrar por el sistema.
Aduana (*) Código de aduana por la que se efectúa la operación.
Identificador Número de identificador de la destinación. Dato a integrar por el sistema.
Fojas Números de fojas y cantidad total de fojas que componen el documento. Dato a integrar por el sistema.
CUIT del PSP/Courier Número completo de la CUIT del PSP/Courier.
PSP/Courier Nombre o razón social tal como figura registrado en Aduana. Dato a integrar por el sistema.
 
DATOS DEL ENVIO DESCRIPCION
Número de Documento de Transporte del envío Número o siglas de identificación del documento de transporte que ampara cada uno de los envíos según cada destinatario del exterior.
País de destino del envío (*) Código de país de destino final de la mercadería.
   
Cantidad de Bultos Cantidad de bultos a destinar por envío.
   
Peso Bruto Cantidad de kilos brutos por envío.
   
Valor FOB del envío Valor FOB total del envío expresado en dólares estadounidenses.
   
Monto Total a pagar por el envío Importe que corresponde al total de tributos a pagar por el envío expresados en dólares estadounidenses.
   
Tipo de documento del remitente Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), Código Unico de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Pasaporte del remitente, según corresponda.
   
Número de documento del remitente Número completo de la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), Código Unico de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) del remitente. En caso que el remitente sea extranjero, se consignarán los datos de su Pasaporte (número/código de país otorgante *).
   
Remitente Apellido y Nombres o razón social del remitente del envío. En caso de haberse consignado CUIT, CUIL o CDI en el campo anterior, el sistema integrará automáticamente este dato.
   
Domicilio del remitente Domicilio del remitente.
   
Localidad del domicilio del remitente Localidad del domicilio del remitente.
   
Provincia del domicilio del remitente (*) Provincia del domicilio del remitente.
Nombre del destinatario Apellido y Nombres o razón social del destinatario del envío.
   
Domicilio del destinatario Domicilio del destinatario.
   
Localidad del domicilio del destinatario Localidad del domicilio del destinatario.
   
DATOS DEL ENVIO DESCRIPCION
   
Provincia o Estado del domicilio del destinatario Provincia o Estado del domicilio del destinatario.
   
País del destinatario (*) Código de país del destinatario.
   
DATOS DE LA MERCADERIA DESCRIPCION
Posición Arancelaria NCM Posición arancelaria NCM según cada mercadería del envío.
   
Descripción de la mercadería En forma literal, las características y género de la mercadería a los fines de su identificación dentro de la posición arancelaria NCM y de su valoración.
   
Tipo de unidad por P.A (*) Código de unidad de la mercadería.
   
Cantidad de Unidades por P.A. Cantidad de unidades de la mercadería que se exporta para cada una de las posiciones arancelarias declaradas.
   
Ventajas (*) Campo bloqueado a la fecha.
   
Valor FOB por P.A. Valor FOB expresado en dólares estadounidenses para cada una de las posiciones arancelarias declaradas.
   
Valor Imponible por P.A. Valor imponible de la mercadería expresado en dólares estadounidenses para exportación de acuerdo con las normas en vigencia.
   
DATOS DE LA LIQUIDACION (**) DESCRIPCION
   
Tipo de Tributo (*) Código del concepto a tributar.
   
Alícuota del Tributo Alícuota correspondiente al Tributo aplicable a la mercadería.
   
Monto del Tributo Importe del tributo a pagar expresado en dólares estadounidenses.
   
TOTALES GENERALES DESCRIPCION
   
Bultos Sumatoria de la cantidad de bultos declarados en la destinación. Dato integrado por el sistema.
   
Total a Pagar Sumatoria de los importes totales de los tributos a pagar en la destinación. Dato integrado por el sistema.
   
VEP Identificador VEP. Campo bloqueado a la fecha.
 

(*) Códigos según tablas codificadoras del Sistema Informático MARIA (SIM).

(**) Campos que se repetirán para cada concepto a tributar para cada mercadería.