ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General Nº 39/97 - AIP Buenos Aires, 29 de Octubre de 1997 VISTO  el  régimen  de  retención  del  impuesto al valor agregado establecido en la Resolución General Nº 18, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada resolución  general se informó la nómina  de los responsables que, conforme a lo establecido en su artÃculo 2º, inciso b), deberán actuar como agentes de retención. Que  corresponde  rectificar  la  identificación  de  algunos responsables incluidos en la citada nómina. Que por  otra parte,  el inciso  c) del  mencionado artÃculo prevé que  deberán  actuar  en  ese  carácter,  los  exportadores que se incluyan en la lista que publique este Organismo. Que en consecuencia,  corresponde disponer la  publicación oficial de la nómina aludida en el párrafo anterior. Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones  de Legislación,  de  Programas  y  Normas  de  Fiscalización  y  de Coordinación Regional. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artÃculo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997. Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: ART. 1º.- ModifÃcase  el Anexo I  de la Resolución  General Nº 18, en la forma que se señala a continuación: -Sustitúyese la identificación de los responsables que se  indican seguidamente: [T] "30-65872071-2    AGROTECNICA SA" "30-57661429-9    CORP. METROPOLITANA DE FINANZ S.A.CIA F" "30-50385832-7    DEUTZ ARGENTINA S A I C Y F" "30-53807830-4    SIMKO S.A." [/T] por  la  que  respecto  de  cada  uno  de  ellos  se  detalla  a continuación: [T] "30-65872071-2    AGROTECNIA S.A." "30-57661429-9    CORP. METROPOLITANA DE FINANZAS S.A. BANCO" "30-50385832-7    AGCO ARGENTINA S.A." "30-53887830-4    SIMKO S.A." [/T] ART. 2º.- A los fines establecidos en los artÃculos 2º, inciso  c) y  17,  segundo  párrafo,  de  la  Resolución  General  Nº 18, los responsables mencionados en el Anexo que se aprueba y forma  parte integrante de la presente  resolución general, quedan obligados  a actuar como agentes  de retención del  impuesto al valor  agregado de acuerdo con  lo establecido en  el régimen dispuesto  por dicha norma. ART.  3º.-  Derógase  a  partir  de  la  entrada en vigencia de la presente resolución general, la Resolución General Nº 3904  (DGI), y su modificatoria. ART. 4º.- RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. Fdo.: CARLOS A. SILVANI. Nota: El Anexo de la presente Resolución se encuentra publicado en el BoletÃn Oficial Nº28.763 del 30 de octubre de 1997.