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Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00050/2019
(Fecha: 7-11-2019)

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2020

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 50/19

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2020

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 47/18 y 60/18 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución GMC N° 60/18 los órganos MERCOSUR con presupuesto propio deben elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.

Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST) en el período anterior al pago de las contribuciones de los Estados Partes.

Que es necesaria la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2020 que contemple el financiamiento de su estructura y funcionamiento.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el ejercicio 2020”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 60/18, sus modificatorias y/o complementarias.

Art. 3 - Autorizar a la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST), para el caso que no se disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos al ejercicio 2020, a utilizar, en caso de que existan, saldos de recursos excedentes hasta un máximo de US$ 150.000 (ciento cincuenta mil dólares estadounidenses) del saldo de recursos excedentes de ejercicios anteriores, para el pago de egresos relativos al funcionamiento mínimo del órgano, correspondientes al primer trimestre del presupuesto aprobado para el 2020.

Art. 4 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.

Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

CXIV GMC - Brasilia, 07/XI/19.

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TPR PARA EL EJERCICIO 2020

I N G R E S O S  US$ US$
(A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES                     664.465
Argentina                166.116
Brasil                166.116
Paraguay                166.116
Uruguay                166.116
   
(B) OTROS INGRESOS                                0  
Utilización de Excedentes de años anteriores:  
Rubros en los cuales serán destinados
 
TOTAL INGRESOS (A) + (B)                   664.465
E G R E S O S
I) GASTOS  CORRIENTES                     650.465
GASTOS EN PERSONAL                406.823
Remuneraciones (sueldo base y suplemento variable)                238.560
Sueldo Anual Complementario                  19.880
Adicional al Cargo (Carrera funcional)                  17.928
Aporte al Fondo de Previsión Social                  36.179
Beneficios Sociales                  94.276
   
CONTRATOS TEMPORALES                  51.200
Contratos Temporales de Apoyo                    5.400
Contratos Temporales de Asesorías                  32.800
Auditoría Externa                  13.000
   
VIAJES EN MISIÓN DE SERVICIO                  28.100
Pasajes                  12.900
Viáticos                  14.600
Seguros de Viaje                       600
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO                164.342
Consumos y Servicios relacionados a la Sede                  29.200
(*)  
Consumos y Servicios  relacionados al Funcionamiento Institucional                107.342
(*)  
Consumos y Servicios relacionados a las Actividades Institucionales                  27.800
(*)  
II) GASTOS NO CORRIENTES                       14.000
Máquinas y Equipamientos de Oficina y Software                    9.000
Mobiliario                           0  
Obras y Reformas                           0  
Inversiones Biblioteca                    5.000
TOTAL EGRESOS (I) + (II)                     664.465
 

(*) Cada órgano determinará el detalle de "Partidas" a incluir, en función de su materialidad.

 

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 50/19

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL EJERCICIO 2020

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 47/18 y 60/18 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución GMC N° 60/18 los órganos MERCOSUR con presupuesto propio deben elevar a consideración del Grupo Mercado Común (GMC) su proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente.

Que es conveniente asegurar los recursos para la ejecución presupuestaria de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST) en el período anterior al pago de las contribuciones de los Estados Partes.

Que es necesaria la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2020 que contemple el financiamiento de su estructura y funcionamiento.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Presupuesto de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el ejercicio 2020”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - La ejecución del presupuesto aprobado se regirá por la Resolución GMC Nº 60/18, sus modificatorias y/o complementarias.

Art. 3 - Autorizar a la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST), para el caso que no se disponga de suficientes recursos provenientes de los aportes regulares de los Estados Partes relativos al ejercicio 2020, a utilizar, en caso de que existan, saldos de recursos excedentes hasta un máximo de US$ 150.000 (ciento cincuenta mil dólares estadounidenses) del saldo de recursos excedentes de ejercicios anteriores, para el pago de egresos relativos al funcionamiento mínimo del órgano, correspondientes al primer trimestre del presupuesto aprobado para el 2020.

Art. 4 - Los recursos excedentes utilizados conforme a lo establecido en el artículo 3 de la presente Resolución deberán ser restituidos a la cuenta de excedentes a medida que los Estados Partes efectúen sus respectivos aportes, sin que ello comprometa la normal ejecución presupuestaria.

Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

CXIV GMC - Brasilia, 07/XI/19.

PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TPR PARA EL EJERCICIO 2020

I N G R E S O S  US$ US$
(A) APORTES DE LOS ESTADOS PARTES                     664.465
Argentina                166.116
Brasil                166.116
Paraguay                166.116
Uruguay                166.116
   
(B) OTROS INGRESOS                                0  
Utilización de Excedentes de años anteriores:  
Rubros en los cuales serán destinados
 
TOTAL INGRESOS (A) + (B)                   664.465
E G R E S O S
I) GASTOS  CORRIENTES                     650.465
GASTOS EN PERSONAL                406.823
Remuneraciones (sueldo base y suplemento variable)                238.560
Sueldo Anual Complementario                  19.880
Adicional al Cargo (Carrera funcional)                  17.928
Aporte al Fondo de Previsión Social                  36.179
Beneficios Sociales                  94.276
   
CONTRATOS TEMPORALES                  51.200
Contratos Temporales de Apoyo                    5.400
Contratos Temporales de Asesorías                  32.800
Auditoría Externa                  13.000
   
VIAJES EN MISIÓN DE SERVICIO                  28.100
Pasajes                  12.900
Viáticos                  14.600
Seguros de Viaje                       600
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO                164.342
Consumos y Servicios relacionados a la Sede                  29.200
(*)  
Consumos y Servicios  relacionados al Funcionamiento Institucional                107.342
(*)  
Consumos y Servicios relacionados a las Actividades Institucionales                  27.800
(*)  
II) GASTOS NO CORRIENTES                       14.000
Máquinas y Equipamientos de Oficina y Software                    9.000
Mobiliario                           0  
Obras y Reformas                           0  
Inversiones Biblioteca                    5.000
TOTAL EGRESOS (I) + (II)                     664.465
 

(*) Cada órgano determinará el detalle de "Partidas" a incluir, en función de su materialidad.