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Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00013/2022
(Fecha: 20-7-2022)

SUB-ESTÁNDAR 3.7.31 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA AVENA SATIVA (AVENA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 12/09)

MERCOSUR/GMC/RES. N° 13/22

SUB-ESTÁNDAR 3.7.31 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA AVENA SATIVA (AVENA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 12/09)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 12/09 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución GMC Nº 12/09, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Avena sativa (Avena) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario revisar dichos requisitos fitosanitarios teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Sub-Estándar 3.7.31 Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (Avena) según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 8 “Agricultura” (SGT Nº 8), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC Nº 12/09.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 16/I/2023.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Asunción, 20/VII/22.

ANEXO

SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.31 Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (Avena)   según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR

I - INTRODUCCIÓN

1 - ÁMBITO

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser aplicados por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Avena sativa (Avena).

2 - REFERENCIAS

-          Estándar 3.7. Requisitos fitosanitarios armonizados por categoría de riesgo para el ingreso de artículos reglamentados, aprobado por Resolución GMC N° 10/20.

-          Lista de las Principales Plagas Cuarentenarias para la Región del COSAVE, 2018.

-          Listas Nacionales vigentes de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes.

3 - DESCRIPCIÓN

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser utilizados por las ONPF de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Avena sativa (Avena), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

II. 31. A. PAÍS DE DESTINO:  ARGENTINA

 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

(R4) - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.

II. 31. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL

 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.

II. 31. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY

 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa 

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.

II. 31. D. PAÍS DE DESTINO:  URUGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa  

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

(R8) - El envío deberá ingresar a depósito cuarentenario oficial/bajo control oficial.

Declaraciones Adicionales: 
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.

 

MERCOSUR/GMC/RES. N° 13/22

SUB-ESTÁNDAR 3.7.31 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA AVENA SATIVA (AVENA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 12/09)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 12/09 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución GMC Nº 12/09, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Avena sativa (Avena) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

Que es necesario revisar dichos requisitos fitosanitarios teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Sub-Estándar 3.7.31 Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (Avena) según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 8 “Agricultura” (SGT Nº 8), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC Nº 12/09.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 16/I/2023.

GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Asunción, 20/VII/22.

ANEXO

SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.31 Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (Avena)   según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR

I - INTRODUCCIÓN

1 - ÁMBITO

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser aplicados por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Avena sativa (Avena).

2 - REFERENCIAS

-          Estándar 3.7. Requisitos fitosanitarios armonizados por categoría de riesgo para el ingreso de artículos reglamentados, aprobado por Resolución GMC N° 10/20.

-          Lista de las Principales Plagas Cuarentenarias para la Región del COSAVE, 2018.

-          Listas Nacionales vigentes de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes.

3 - DESCRIPCIÓN

El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser utilizados por las ONPF de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Avena sativa (Avena), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

II. 31. A. PAÍS DE DESTINO:  ARGENTINA

 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

(R4) - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.

II. 31. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL

 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.

II. 31. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY

 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa 

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.

II. 31. D. PAÍS DE DESTINO:  URUGUAY

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa  

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

(R8) - El envío deberá ingresar a depósito cuarentenario oficial/bajo control oficial.

Declaraciones Adicionales: 
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.

 

CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 

R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).

R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.

R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.

Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.