Consejo del Mercado Común
Mercosur - Comercio de Servicios
MERCOSUR /CMC/ DEC Nº 9/98
PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS DEL MERCOSUR - ANEXOS CON DISPOSICIONES ESPECIFICAS SECTORIALES Y LISTAS DE COMPROMISOS ESPECIFICOS INICIALES (CONT)
PARAGUAY - LISTA DE COMPROMISOS ESPECIFICOS
Modos de suministro: 1)Suministro transfronterizo, 2)Consumo en el extranjero, 3)Presencia Comercial, 4)Presencia de personas físicas
Sector o Subsector | Limitaciones al Acceso a los Mercados | Limitaciones al Trato Nacional | Compromisos Adicionales |
COMPROMISOS HORIZONTALES
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PARA TODOS LOS SECTORES QUE CONFORMAN ESTA LISTA |
3) Presencia Comercial:
La autorización de presencia comercial se otorgará a las personas jurídicas constituídas conforme a la Legislación Nacional de Paragua, con sede y representación enel territorio Paraguayo, a los efectos de sus prerrogativas y responsabilidades
Adquisición de tierra: no consolidado en lo que respecta a zonas de frontera.
4) No consolidado
Definiciones:
a) Gerentes: personas dentro de una empresa u organización que primariamente conducen, bien sea un departamento o una subdivisión Supervisan y controlan el trabajo de otros supervisores profesionales o empleados gerenciales. Tienen la autoridad para contratar o despedir , recomendar contratar o recomendar despedir u otras acciones vinculadas al área de personal tales como la promoción o licencia. Ejercen autoridad discrecional en las actividades diarias. Este ejercicio no incluye supervisores de primera linea a menos que tales empleados que primariamente desempeñan tareas necesarias para la provisión del servicio.
b) Ejecutivos: personas dentro de la organización que primariamente conducen la administración. Ejercen un amplio espectro en materia de toma de decisiones y reciben solamente supervisión de dirección de altos niveles ejecutivos, del directorio o de los accionistas. No desarrollan directamente tareas relacionadas con la provisión del (o de los) servicio(s) de la organización.
c) Especialistas: personas dentro de una empresa u organización que poseen conocimiento de avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento de avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento derivado del propietario de la organización de servicios, de técnicas de investigación en equipo o gerencia. |
4) No Consolidado, se aplican las definiciones de las columna de Acceso a los Mercados.
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2. C. SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES Los Compromisos contraídos en el presente sector quedan sujetos a las siguientes condiciones generales: 1. Cada servicio de telecomunicaciones que se preste en el Paraguay requerirá de una licencia gubernamental otorgada por CONATEL mediante un procedimiento transparente no discriminatorio. 2. Las licencias de referencia en el párrafo anterior se concederán exclisivamente a personas jurídicas (Sociedades Anónimas o Sociedad de Responsabilidad Limitada) conforme a la legislación nacional del Paraguay, con sede y representación en el territorio paraguayo. La participación nacional en el capital social mínimo es del 50%. 3. Las estaciones terrenas del prestador de servicios deberán ser instaladas y mantenidas por empresas nacionales y profesionales registrados en CONATEL. 4. La presente lista se refiere al transporte de los datos y/o información, y no al contenido de los datos y/o información transportados |
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h. Correo electrónico
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
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i. Correo Vocal
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
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j. Extracción de información en línea |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
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K. Intercambio electrónico de Datos (IED) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
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I. Servicios de facsímil amp/ de Valor añadido (almac., retransmisión y recuperación) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
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o.1 Servicio de Celular móvil |
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Ninguna El sistema se presta en modalidad duopólica estando asignado el espectro disponible en todas las áreas e explotación 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
I. Se asegurará la
interconexión con las redes y
servicios públicos de
transporte de
telecomunicaciónes.
II.- Se harán públicas las condiciones generales aplicables a la interconexión con las redes y servicios públicos.
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o.2 Comunicac.Personales
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1) No consolidado
2) Ninguna 3) Con Limitación. La autoridad de aplicación determinará, conforme a las necesidades presentes y futuras, la cantidad de prestadores de servicios por áreas de explotación. 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
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o.3 Servicios De Radio - búsqueda |
1) No Consolid. (1) 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
1) No Consolid. (1)
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
(1) Este modo será consolidado
al año de entrada en vigor de
la reglamentación
pertinente actualmente en proceso.
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7. SERVICIOS FINANCIEROS | Limitaciones al Acceso a Mercado | Limitaciones al Trato Nacional | |
A. TODOS LOS SERVICIOS DE SEGURO Y RELACIONADOS AL SEGURO. | |||
CCP 812. Seguros
(excluido reaseguro y retrocesión)
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1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Las empresas que realicen operaciones de seguros se constituirán bajo la forma de sociedades Anónimas o Sucursales de Sociedades Extranjeras y requerirán de autorización previa de la Superintendencia de Seguros. 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas.
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1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas.
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CCP 81299.Servicios de
reaseguro y Retrocesión
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Las empresas que realicen operaciones de seguros se constituirán bajo la forma de sociedades Anónimas o Sucursales de Sociedades Extranjeras y requerirán de autorización previa de la Superintendencia de Seguros. 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas |
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B. SERVICIOS BANCARIOS | |||
CCP 81115- 81119
Aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público
CCP 8113. Préstamos de todo tipo, incluido créditos personales, hipotecarios, etc.
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1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Las entidades que integran el sistema financiero se constituirán bajo la forma de Sociedad Anónima, estando su capital representado por acciones nominativas, salvo cuando se trate de Sucursales de Bancos del Exterior Ninguna entidad nacional o extranjera sea cual fuere su naturaleza y la forma de su constitución podrá ejercer en territorio paraguayo las actividades de los bancos, financieras y demás entidades de crédito, sin haber obtenido previamente la autorización del Banco Central del Paraguay 4) No consolidado,excepto para personal superior y especialistas
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No consolidado
No consolidado Ninguna
No consolidado, excepto para personal superior y especialistas |
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CCP 81331-81334.
Otros Servicios Auxiliares de Intermediación Financiera
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Las entidades que integran el sistema financiero se constituirán bajo la forma de Sociedad Anónima, estando su capital representado por acciones nominativas, salvo cuando se trate de Sucursales de Bancos del Exterior. Ninguna entidad nacional o extranjera sea cual fuere su naturaleza y la forma de su constitución podrá ejercer en territorio paraguayo las actividades de los bancos, financieras y demás entidades de crédito, sin haber obtenido previamente la autorización del Banco Central del Paraguay 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas |
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9. SERVICIOS DE TURISMO | |||
A. Hoteles y Restaurantes (CCP 641-643)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal |
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B . Servicios de agencias de
viajes y organizacion de viajes en grupos (CCP 7471)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Operadores de turismo receptivo (1) 4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) No consolidado
4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal
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C. Servicios de guías
de Turismo (CCP 7472)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para especialistas (2) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para especialistas (2) |
(1) Son las empresas que se dedican al turismo receptivo, que es aquel que realizan los viajeros procedentes del extranjero al Paraguay.
(2) Personas idóneas que se dedican a la profesión de guía de turismo.
11. SERVICIOS DE TRANSPORTE | ||
Terrestre, por agua y
Aéreo.
Transporte Aéreo
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Los compromisos específicos que se incorporan en las listas de compromisos, de la presente ronda inicial de negociación, son los resultantes de la aplicación de los acuerdos bilaterales y multilaterales correspondientes a los Anexos sobre Transporte Terrestre y por agua y al Anexo sobre Transporte Aéreo del presente Protocolo y los que oportunamente se determinen en las revisiones de los respectivos Anexos. |
Paraguay empleará todos los esfuerzos disponibles con vistas a lograr una máxima simplificación y compatibilización de sus normas y procedimientos relativos a la facilitación del Transporte Aéreo Internacional (Migratorios, Aduaneros, y de Vigilancia Sanitaria y Fitosanitaria ) en las operaciones entre los Estados parte del Mercosur, sin perjuicio del cumplimiento de las Normas de Seguridad de la Aviacion Civil, en armonía con los Anexos 9 y 17 de la Convención de Aviación Civil Internacional. Paraguay compatibilizará con los demás Estados parte sus normas y procedimientos relativos a Aeronavegabilidad, Operaciones y Licencias del Personal, conforme a las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional. Las empresas aéreas de los Estados parte del Mercosur que operen bajo el Acuerdo sobre Servicios Aéreos Sub- Regionales suministrarán a las Autoridades Aeronáuticas de los países donde operen informaciones estadísticas sobre el tráfico transportado, las rutas que operen, con determinación de origen y destino. La Autoridad Aeronáutica del Paraguay intercambiará semestralmente con las Autoridades Aeronáuticas de los demás Estados parte las informaciones estadísticas de interés común. |
LISTA DE COMPROMISOS ESPECIFICOS REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MODOS DE SUMINISTRO: 1. Suministro transfronterizo, 2. Consumo en el extranjero, 3. Presencia comercial, 4. Presencia de personas físicas
LIMITACIONES AL ACCESO A LOS MERCADOS |
LIMITACIONES AL TRATO NACIONAL |
COMPROMISOS ADICIONALES | |
I. COMPROMISOS HORIZONTALES
TODOS LOS SERVICIOS INCLUIDOS EN ESTA LISTA
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4) No consolidado, excepto
para medidas concernientes a la entrada, y
permanencia temporal para las
siguientes categorías de
personas naturales:
a) Gerentes: Personas dentro de una empresa u organización que primariamente conducen, bien sea un departamente o una subdivisión. Supervisan y controlan el trabajo de otros supervisores profesionales o empleadores gerenciales. Tienen la autoridad para contratar o despedir, recomendar contratar o despedir u otras acciones vinculadas al área de personal tales como la promoción o licencias. Ejercen autoridad discrecional en las actividades diarias. Este ejercicio no incluye supervisores de primera línea a menos que tales empleados sean profesionales, como tampoco incluye a los empleados que primariamente desempeñan tareas necesarias para la provisión del servicio; b) Ejecutivos:Personas dentro de la organización que primariamente conducen la administración. Ejercen un amplio espectro en materia de toma de decisiones y reciben solamente supervisión de dirección de altos niveles ejecutivos, del directorio o de los accionistass. No desarrollan directamente tareas relacionadas con la provisión del (de los) servicio (s) de la organización. c) Especialistas: Personas dentro de una empresa u organización que poseen conocimiento de avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento derivado del propietario de la organización de servicios, de técnicas de investigación en equipo o gerencia, incluyendo los consult ores en sistemas y programas informáticos y los consultores en instalación de equipos de informática. |
4) No consolidado, excepto
para medidas concernientes a las categorías de personas naturales referidas al Acceso a los Mercados.
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II. COMPROMISOS ESPECIFICOS SECTORIALES | |||
1. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS | |||
A. SERVICIOS PROFESIONALES | Para la prestación de servicios profesionales se requiere que las personas físicas cuenten con título habilitante reconocido en el Uruguay, y fijar domicilio legal en el país. Las autoridades uruguayas reglamentarán el ejercicio de estas profesiones en el futuro. El domicilio legal no implica residencia en el Uruguay. | ||
b) Servicios de
Contabilidad, auditoría y teneduría de libros (862)
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1) No consolidado 2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales y en la nota en Servicios Profesionales. |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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Servicios de
Arquitectura (8671)
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1) No consolidado 2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales y en la nota en Servicios Profesionales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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Servicios de Ingeniería (8672) |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales y en la nota en Servicios Profesionales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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B. SERVICIOS DE INFORMATICA Y SERVICIOS CONEXOS 84 | |||
a) Servicios de consultores en instalación de equipos de informática (841) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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b) Servicios de aplicación
de programas de informática (842)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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c) Servicios de procesamiento de datos (843) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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d) Servicios de bases
de datos (844)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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Servicios de mantenimiento
y reparación de máquinas y equipos de oficina,
incluidas las computadoras (845)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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e) Otros (849)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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D. SERVICIOS INMOBILIARIOS | |||
a. Servicios inmobiliarios
relativos a bienes raíces propios o arrendados (CPC 8210)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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b. Servicios inmobiliarios
a comisión o por contrato (8220)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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E. SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO O ALQUILER SIN OPERARIOS (CPC 831) | |||
a. Servicios de arrendamiento
o alquiler de automóbiles privados sin conductor (83101-83102)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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b. Servicios de arrendamiento o alquiler de otro tipo de maquinaria y equipo sin operarios (83106-83109) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para lo ndicado en los compromisos horizontales y en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para lo ndicado en los compromisos horizontales y en los compromisos horizontales |
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c. Otros.
- Servicios de arrendamiento o alquiler de efectos personales y enseres domásticos (832), - Servicios de arrendamiento o alquiler de televisores, radios, grabadores de casetes de video y equipo y accesorios conexos (83201), - Servicios de arrendamiento o alquiler de muebles y otros artefactos domésticos (83203), - Servicios de arrendamiento o alquiler de equipo de recreación y esparcimiento (83204), - Servicios de arrendamiento o alquiler de otros efectos personales o domésticos (83209)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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F. OTROS SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS | |||
a) Servicios de
publicidad (871)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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b) Servicios de
investigación de mercados y encuestas de la
opinión pública (864)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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c) Servicios de consultores
en administración (8650)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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d) Servicios relacionados
con los de los consultores en administración.
(866)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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k) Servicios de colocación
y suministro de personal (872)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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o) Servicios de limpieza de
edificios (874)
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1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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s) Servicios prestados con
ocasión de asambleas o convenciones
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1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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t) Otros Servicios prestados a las empresas (8790) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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t.1 Servicios de Traducción
e Interpretación (87905)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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t.2 Servicios de Diseño de Interiores 87907 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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2. SERVICIOS DE COMUNICACIONES | |||
B. SERVICIOS DE CORREOS
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Servicios Privados de envio de correspondencia y Recadería | 1) y 3) La Dirección Nacional de Correos concede permisos de carácter precario para operar que caducan a los tres años de su otorgamiento, salvo que la empresa premisaria antes de su vencimiento manifieste su intención de renovarlo. 2) Ninguna 4) No consolidado, excepto para lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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C. SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES | |||
Correo de Voz |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a partir del 1º de marzo de 1991 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a partir del 1º de marzo de 1991 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
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Telefonía Movil |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) No consolidado, excepto la participación desde 1990 de un operador privado en la BANDA B en la zona sur del país, mediante contrato vigente hasta el año 2011. A partir del 1/3/2001 se ofrecerá la operación en banda B en zona geográfica norte del país, sujeto a relación contractual con ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) No consolidado, excepto la participación desde 1990 de un operador privado en la BANDA B en la zona sur del país, mediante contrato vigente hasta el año 2011. A partir del 1/3/2001 se ofrecerá la operación en banda B en zona geográfica norte del país, sujeto a relación contractual con ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
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Correo electrónico | 1) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto en lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto en lo indicado en los compromisos horizontales |
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Acceso a bases de datos y
extracción de información en línea
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1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la red pública del operador, ANTEL sujeto a relación contractual con el mismo 2)Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL , sujeto a relación contractual con el mismo 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a
relación contractual con el mismo
2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
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Servicios de Audiotexto y
otros a través de sistema 0-900
|
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
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Servicio de Video Conferencia
|
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la
red pública del operador ANTEL. 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la
red pública del operador ANTEL. 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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Servicios de Comunicaciones personales móviles globales satelitales (G.M.P.C.S.) |
1) Ninguna, sujeto a
relación contractual con ANTEL. El poder
Ejecutivo autoriza la prestación del
Servicio y la Dirección Nacional de
comunicaciones asigna la frecuencia.
2) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 3) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna, sujeto a relación
contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo
autoriza la prestación del Servicio y
la Dirección Nacional de comunicaciones
asigna la frecuencia.
2) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 3) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
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Centros públicos de
telecomunicaciones (Locutorios)
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a traves de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a restricciones geográficas y al Reglamento de Antel, a partir del 1/7/99. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a traves de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a restricciones geográficas y al Reglamento de Antel, a partir del 1/7/99. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Venta, Arrendamiento, Mantenimiento, Conexión y Reparación de equipos de Telecomunicaciones y Servicios de Consultorías |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto por la homologación de equipos por ANTEL o la Dirección Nacional de Comunicaciones según corresponda 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto por la homologación de equipos por ANTEL o la Dirección Nacional de Comunicaciones según corresponda 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Servicio terrestre de
buscapersonas (75291) (paging)
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el Poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de Comunicaciones asigna la frecuencia correspondiente 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el Poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de Comunicaciones asigna la frecuencia correspondiente 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Radiotransmisión de mensajes
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, la Dirección Nacional de Comunicaciones autoriza la prestación del servicio y asigna la frecuencia respectiva. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, la Dirección Nacional de Comunicaciones autoriza la prestación del servicio y asigna la frecuencia respectiva . 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Acceso a Internet y otros
servicios de Internet excepto voz
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio debe ser suministrado a través de la red del operador estatal ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio debe ser suministrado a través de la red del operador estatal ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
3. SERVICIOS DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS DE INGENIERIA CONEXOS | |||
B. TRABAJOS DE CONSTRUCCION PARA INGENIERIA CIVIL (513) |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
4. SERVICIOS DE DISTRIBUCION | |||
B. SERVICIOS COMERCIALES AL
POR MAYOR (622). Se excluye 62271 (Servicios comerciales al por mayor de combustibles sólidos, líquidos, gaseosos y productos conexos) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
C. SERVICIOS COMERCIALES AL POR MENOR (631 + 632 + 6111 + 6113 + 6121) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
D. SERVICIOS DE FRANQUICIA (8929) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
7. SERVICIOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA Y SERVICIOS CONEXOS | |||
Los proveedores de
servicios financieros estarán regulados
por las respectivas superintendencias y autoridades competentes.
3) Todo proveedor de servicios financieros que desee instalarse en el Uruguay, no podrá operar sin previa autorización de las autoridades competentes. La solicitud podrá ser denegada por motivos cautelares, entre ellos las condiciones en que se encuentra el mercado. |
|||
A. SERVICIOS DE SEGUROS Y RELACIONADOS CON LOS SEGUROS |
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Servicios de Seguros de Vida, (81211) |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Para tener presencia comercial en Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales. |
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Servicios de seguros
distintos a los seguros de vida
(CCP 8129) |
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Servicios de seguros de vehículos motorizados (81292) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.
|
|
Servicios de seguros de fletes (81294) |
1) No
Consolidado
2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
Servicios de seguros contra incendios y otros daños a los bienes (81295) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No
consolidado 2) No
consolidado 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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Servicios de seguros contra pérdidas pecuniarias (81296 ) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No
consolidado 2) No
consolidado 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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Servicios de seguros de responsabilidad civil general (81297) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No
Consolidado 2) No
Consolidado 3)
Ninguna 4) No consolidado, excepto
lo indicado en los
compromisos horizontales
|
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Servicios de seguros de transporte marítimo, aéreo y otros tipos de transporte (81293) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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c. Servicios de reaseguros y retrocesión |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.
|
|
c. Actividades de intermediación de seguros, por ejemplo corredores de seguros (81401) |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado,excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. | |
d. Servicios auxiliares de seguros (81402-81403-81404-81405) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
B. SERVICIOS BANCARIOS Y OTROS SERVICIOS FINANCIEROS | 3. Las autorizaciones para la instalación en el país de sucursales o agencias de empresas constituidas en e extranjero, que desarrollen actividades de intermediación financiera estarán sujetas al requisito de que sus estatutos o reglamentos no a ciudadanos uruguayos formar parte de la gerencia, consejo de administración, directorio o cualquier otro cargo superior, empleo o destino en la institución, dentro del territorio del Uruguay. Los bancos que deseen instalarse en el Uruguay deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas que tengan acciones normativas o como sucursales de bancos extranjeros. La presencia comercial de los bancos está sujeta al siguiente límite cuantitativo: el número de autorizaciones para el funcionamiento de los nuevos Bancos no podrá superar anualmente el 10 % de los existentes el año inmediato anterior. Esta disposición es aplicable exclusivamente a las instituciones que son definidas por ley como bancos, y no afecta a las demás empresas de intermediación financiera. La s empresas de intermediación financiera comprenden: bancos, cooperativas de intermediación financiera, casas financieras, instituciones financieras externas, administradoras de consorcios y bancos de inversión. Los bancos realizan todo tipo de operación financiera y conjuntamente con las cooperativas de intermediación financiera son los únicos autorizados a: a) recibir depósitos en cuenta corriente bancaria y autorizar que se gire contra ellos mediante cheques, b) recibir depósitos a la vista , y c) recibir de residentes depósitos a plazo. Las casas financieras pueden realizar todas las actividades de intermediación financiera, excepto las reservadas a los bancos y cooperativas, recibiendo recursos exclusivamente de no residentes. Las instituciones financieras externas (banca off-shore), operan exclusivamente con no residentes. Las empresas administradoras de consorcios son las que organizan o administran agrupamientos, círculos cerrados o consorcios, cuyos adherentes aportan fondos para ser aplicados recíprocamente conjuntamente en la adquisición de determinados bienes o servicios. Los bancos de inversión sólo pueden recibir depósitos y contratar préstamos de no residentes a plazos superiores a un año, emitir obligaciones negociables o debentures, financiar la emisión o proceder a) la colocación de títulos, bonos, acciones obligaciones, debentures y valores mobiliarios creados por empresas nofinancieras, adquirir acciones o parte de capital de empresas con el objeto de poner en marcha proyectos de inversión, planes de reorganización, desarrollo o reconversión, aceptar y colocar letras vinculadas conéstasempresas y realizar con ellas operaciones de giro bancario (salvo recibir depósitos en cuenta corriente) préstamos a mediano y largo plazo, otorgar fianzas, avales, garantías y cauciones, cumplir mandatos y comisiones compromisos y asesorar en materia de inversiones y administración de empresas. | ||
a. Aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público (CCP 81115-81116-81119) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
b. Préstamos personales a plazo 81132, servicios de tarjetas de crédito 81133, otros servicios de crédito 81139. No incluye factoring |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
c. Servicios financieros de arrendamiento con opción de compra. (81120) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
d. Todos los servicios de pago y transferencia monetaria. (81339) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
e. Garantías de crédito y compromisos |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
f. Intercambio comercial
por cuenta propia o de clientes, ya sea en una
bolsa, en un mercado extrabursátil de:
i) instrumentos del mercado monetario (cheques, letras, certificados de depósito) 81339,
ii) divisas 81333,
iii) productos derivados, incluidos futuros y opciones,
iv) instrumentos de los mercados cambiario y monetario, por ejemplo swaps, acuerdos de tipos de interés a plazo, etc.,
v) valores transferibles,
vi) otros instrumentos y activos financieros negociables, inclusive metal. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Nota para los servicios f iii),
iv), v), vi).
Las autoridades uruguayas reglamentarán en el futuro el suministro de estos servicios a efectos de garantizar el correcto funcionamiento de este mercado y proteger a los inversores y operadores y asegurar la integridad y estabilidad del sistema financiero del país. |
g. Participación en emisiones de toda clase de valores, con inclusión de la suscripción y colocación como agentes (pública o privadamente) y la prestación de servicios relacionados con esas emisiones. 8132 |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Misma nota que para f.
|
h. Corretaje de cambios. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
|
i. Administración de activos: -Administración de fondos en efectivo o de cartera de valores,
-Gestión de inversiones colectivas,
- Servicios de depósito. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Misma nota que para f.
|
j. Servicio de pago y compensación respecto de activos financieros, con inclusión de valores, productos derivados y otros instrumentos negociables. 81339 u 81319 |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Misma nota que para f |
k. Servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares respecto de cualesquiera de las actividades enumeradas anteriormente, con inclusión de informes y análisis de crédito, estudios y asesoramiento sobre inversiones y cartera de valores, y asesoramiento sobre adquisiciones y sobre restructuración y estrategia de las empresas (888131 u 8133) |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Misma nota que para f |
9. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES | |||
A. HOTELES Y RESTAURANTES (incluidos los Servicios de Suministro de Comidas desde el Exterior por Contrato) 641-643 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
B. SERVICIOS DE AGENCIAS DE VIAJES Y ORGANIZACION DE VIAJES EN GRUPOS. 74710 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
C. SERVICIOS DE GUIAS DE TURISMO. 74720 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
10. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO CULTURALES Y DEPORTIVOS (EXCEPTO SERVICIOS AUDIOVISUALES) |
|
||
A. SERVICIOS DE ESPECTACULOS (incluidos los de teatro, bandas y orquestas y circos) (9619) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
11. SERVICIOS DE TRANSPORTE | |||
Transporte Terrestre, por Agua y Aéreo | Los compromisos específicos que se incorporan en las listas de compromisos de la presente ronda inicial de negociación, son los resultantes de la aplicación de los acuerdos bilaterales y multilaterales correspondientes a los anexos sobre transporte terrestre y por agua y al anexo sobre transporte aéreo del presente Protocolo. | Los compromisos específicos que se incorporan en las listas de compromisos de la presente ronda inicial de negociación, son los resultantes de la aplicación de los acuerdos bilaterales y multilaterales correspondientes a los anexos sobre transporte terrestre y por agua y al anexo sobre transporte aéreo del presente Protocolo. | Uruguay empleará todos los esfuerzos disponibles con vistas a lograr una máxima simplificación compatibilización de sus normas y procedimientos relativos a la facilitación de transporte aéreo internacional (migratorios, aduaneros y de vigilancia sanitaria y fitosanitaria) en las operaciones entre los Estados parte del Mercosur, sin perjuicio del cumplimiento de las normas de seguridad de aviación civil, en armonía con los Anexos 9 y 17 de la Convención de Aviación Civil Internacional. Uruguay deberá compatibilizar con los demás estados parte sus normas y procedimientos relativos a aeronavegabilidad, operaciones y licencias del personal, conforme a las normas y recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional. Las empresas aéreas de los Estados parte del Mercosur que operen bajo el Acuerdo sobre Servicios Aéreos Subregionales suministrarán a las Autoridades Aeronáuticas de los países donde operen informaciones estadísticas sobre el tráfico transportado, las rutas que operen, con determinación de origen y destino. Las autoridades aeronáuticas de los demás Estados parte, las informaciones estadísticas de interés común. |
H. Servicios auxiliares en relación con todos los medios de transporte | |||
b.Servicios de almacenamiento
y depósito 742
(exceptuando el régimen de depósitos y almacenamientos fiscales) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
MERCOSUR /CMC/ DEC Nº 9/98
PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS DEL MERCOSUR - ANEXOS CON DISPOSICIONES ESPECIFICAS SECTORIALES Y LISTAS DE COMPROMISOS ESPECIFICOS INICIALES (CONT)
PARAGUAY - LISTA DE COMPROMISOS ESPECIFICOS
Modos de suministro: 1)Suministro transfronterizo, 2)Consumo en el extranjero, 3)Presencia Comercial, 4)Presencia de personas físicas
Sector o Subsector | Limitaciones al Acceso a los Mercados | Limitaciones al Trato Nacional | Compromisos Adicionales |
COMPROMISOS HORIZONTALES
|
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PARA TODOS LOS SECTORES QUE CONFORMAN ESTA LISTA |
3) Presencia Comercial:
La autorización de presencia comercial se otorgará a las personas jurídicas constituídas conforme a la Legislación Nacional de Paragua, con sede y representación enel territorio Paraguayo, a los efectos de sus prerrogativas y responsabilidades
Adquisición de tierra: no consolidado en lo que respecta a zonas de frontera.
4) No consolidado
Definiciones:
a) Gerentes: personas dentro de una empresa u organización que primariamente conducen, bien sea un departamento o una subdivisión Supervisan y controlan el trabajo de otros supervisores profesionales o empleados gerenciales. Tienen la autoridad para contratar o despedir , recomendar contratar o recomendar despedir u otras acciones vinculadas al área de personal tales como la promoción o licencia. Ejercen autoridad discrecional en las actividades diarias. Este ejercicio no incluye supervisores de primera linea a menos que tales empleados que primariamente desempeñan tareas necesarias para la provisión del servicio.
b) Ejecutivos: personas dentro de la organización que primariamente conducen la administración. Ejercen un amplio espectro en materia de toma de decisiones y reciben solamente supervisión de dirección de altos niveles ejecutivos, del directorio o de los accionistas. No desarrollan directamente tareas relacionadas con la provisión del (o de los) servicio(s) de la organización.
c) Especialistas: personas dentro de una empresa u organización que poseen conocimiento de avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento de avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento derivado del propietario de la organización de servicios, de técnicas de investigación en equipo o gerencia. |
4) No Consolidado, se aplican las definiciones de las columna de Acceso a los Mercados.
|
|
2. C. SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES Los Compromisos contraídos en el presente sector quedan sujetos a las siguientes condiciones generales: 1. Cada servicio de telecomunicaciones que se preste en el Paraguay requerirá de una licencia gubernamental otorgada por CONATEL mediante un procedimiento transparente no discriminatorio. 2. Las licencias de referencia en el párrafo anterior se concederán exclisivamente a personas jurídicas (Sociedades Anónimas o Sociedad de Responsabilidad Limitada) conforme a la legislación nacional del Paraguay, con sede y representación en el territorio paraguayo. La participación nacional en el capital social mínimo es del 50%. 3. Las estaciones terrenas del prestador de servicios deberán ser instaladas y mantenidas por empresas nacionales y profesionales registrados en CONATEL. 4. La presente lista se refiere al transporte de los datos y/o información, y no al contenido de los datos y/o información transportados |
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h. Correo electrónico
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
|
i. Correo Vocal
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
|
j. Extracción de información en línea |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
|
K. Intercambio electrónico de Datos (IED) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
|
I. Servicios de facsímil amp/ de Valor añadido (almac., retransmisión y recuperación) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
|
o.1 Servicio de Celular móvil |
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Ninguna El sistema se presta en modalidad duopólica estando asignado el espectro disponible en todas las áreas e explotación 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas |
I. Se asegurará la
interconexión con las redes y
servicios públicos de
transporte de
telecomunicaciónes.
II.- Se harán públicas las condiciones generales aplicables a la interconexión con las redes y servicios públicos.
|
o.2 Comunicac.Personales
|
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Con Limitación. La autoridad de aplicación determinará, conforme a las necesidades presentes y futuras, la cantidad de prestadores de servicios por áreas de explotación. 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
1) No consolidado
2) Ninguna 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
|
o.3 Servicios De Radio - búsqueda |
1) No Consolid. (1) 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
1) No Consolid. (1)
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para medidas concernientes a la entrada, permanencia y trabajo de personas naturales con contrato temporal con empresas que realicen inversión extranjera directa, en las siguientes categorías: gerentes; ejecutivos y especialistas. |
(1) Este modo será consolidado
al año de entrada en vigor de
la reglamentación
pertinente actualmente en proceso.
|
7. SERVICIOS FINANCIEROS | Limitaciones al Acceso a Mercado | Limitaciones al Trato Nacional | |
A. TODOS LOS SERVICIOS DE SEGURO Y RELACIONADOS AL SEGURO. | |||
CCP 812. Seguros
(excluido reaseguro y retrocesión)
|
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Las empresas que realicen operaciones de seguros se constituirán bajo la forma de sociedades Anónimas o Sucursales de Sociedades Extranjeras y requerirán de autorización previa de la Superintendencia de Seguros. 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas.
|
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas.
|
|
CCP 81299.Servicios de
reaseguro y Retrocesión
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Las empresas que realicen operaciones de seguros se constituirán bajo la forma de sociedades Anónimas o Sucursales de Sociedades Extranjeras y requerirán de autorización previa de la Superintendencia de Seguros. 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas |
|
B. SERVICIOS BANCARIOS | |||
CCP 81115- 81119
Aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público
CCP 8113. Préstamos de todo tipo, incluido créditos personales, hipotecarios, etc.
|
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Las entidades que integran el sistema financiero se constituirán bajo la forma de Sociedad Anónima, estando su capital representado por acciones nominativas, salvo cuando se trate de Sucursales de Bancos del Exterior Ninguna entidad nacional o extranjera sea cual fuere su naturaleza y la forma de su constitución podrá ejercer en territorio paraguayo las actividades de los bancos, financieras y demás entidades de crédito, sin haber obtenido previamente la autorización del Banco Central del Paraguay 4) No consolidado,excepto para personal superior y especialistas
|
No consolidado
No consolidado Ninguna
No consolidado, excepto para personal superior y especialistas |
|
CCP 81331-81334.
Otros Servicios Auxiliares de Intermediación Financiera
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Las entidades que integran el sistema financiero se constituirán bajo la forma de Sociedad Anónima, estando su capital representado por acciones nominativas, salvo cuando se trate de Sucursales de Bancos del Exterior. Ninguna entidad nacional o extranjera sea cual fuere su naturaleza y la forma de su constitución podrá ejercer en territorio paraguayo las actividades de los bancos, financieras y demás entidades de crédito, sin haber obtenido previamente la autorización del Banco Central del Paraguay 4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto para personal superior y especialistas |
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9. SERVICIOS DE TURISMO | |||
A. Hoteles y Restaurantes (CCP 641-643)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal |
|
B . Servicios de agencias de
viajes y organizacion de viajes en grupos (CCP 7471)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Operadores de turismo receptivo (1) 4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) No consolidado
4) No consolidado, excepto para personal de alta gerencia con programas de capacitación de personal
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C. Servicios de guías
de Turismo (CCP 7472)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para especialistas (2) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para especialistas (2) |
(1) Son las empresas que se dedican al turismo receptivo, que es aquel que realizan los viajeros procedentes del extranjero al Paraguay.
(2) Personas idóneas que se dedican a la profesión de guía de turismo.
11. SERVICIOS DE TRANSPORTE | ||
Terrestre, por agua y
Aéreo.
Transporte Aéreo
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Los compromisos específicos que se incorporan en las listas de compromisos, de la presente ronda inicial de negociación, son los resultantes de la aplicación de los acuerdos bilaterales y multilaterales correspondientes a los Anexos sobre Transporte Terrestre y por agua y al Anexo sobre Transporte Aéreo del presente Protocolo y los que oportunamente se determinen en las revisiones de los respectivos Anexos. |
Paraguay empleará todos los esfuerzos disponibles con vistas a lograr una máxima simplificación y compatibilización de sus normas y procedimientos relativos a la facilitación del Transporte Aéreo Internacional (Migratorios, Aduaneros, y de Vigilancia Sanitaria y Fitosanitaria ) en las operaciones entre los Estados parte del Mercosur, sin perjuicio del cumplimiento de las Normas de Seguridad de la Aviacion Civil, en armonía con los Anexos 9 y 17 de la Convención de Aviación Civil Internacional. Paraguay compatibilizará con los demás Estados parte sus normas y procedimientos relativos a Aeronavegabilidad, Operaciones y Licencias del Personal, conforme a las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional. Las empresas aéreas de los Estados parte del Mercosur que operen bajo el Acuerdo sobre Servicios Aéreos Sub- Regionales suministrarán a las Autoridades Aeronáuticas de los países donde operen informaciones estadísticas sobre el tráfico transportado, las rutas que operen, con determinación de origen y destino. La Autoridad Aeronáutica del Paraguay intercambiará semestralmente con las Autoridades Aeronáuticas de los demás Estados parte las informaciones estadísticas de interés común. |
LISTA DE COMPROMISOS ESPECIFICOS REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MODOS DE SUMINISTRO: 1. Suministro transfronterizo, 2. Consumo en el extranjero, 3. Presencia comercial, 4. Presencia de personas físicas
LIMITACIONES AL ACCESO A LOS MERCADOS |
LIMITACIONES AL TRATO NACIONAL |
COMPROMISOS ADICIONALES | |
I. COMPROMISOS HORIZONTALES
TODOS LOS SERVICIOS INCLUIDOS EN ESTA LISTA
|
4) No consolidado, excepto
para medidas concernientes a la entrada, y
permanencia temporal para las
siguientes categorías de
personas naturales:
a) Gerentes: Personas dentro de una empresa u organización que primariamente conducen, bien sea un departamente o una subdivisión. Supervisan y controlan el trabajo de otros supervisores profesionales o empleadores gerenciales. Tienen la autoridad para contratar o despedir, recomendar contratar o despedir u otras acciones vinculadas al área de personal tales como la promoción o licencias. Ejercen autoridad discrecional en las actividades diarias. Este ejercicio no incluye supervisores de primera línea a menos que tales empleados sean profesionales, como tampoco incluye a los empleados que primariamente desempeñan tareas necesarias para la provisión del servicio; b) Ejecutivos:Personas dentro de la organización que primariamente conducen la administración. Ejercen un amplio espectro en materia de toma de decisiones y reciben solamente supervisión de dirección de altos niveles ejecutivos, del directorio o de los accionistass. No desarrollan directamente tareas relacionadas con la provisión del (de los) servicio (s) de la organización. c) Especialistas: Personas dentro de una empresa u organización que poseen conocimiento de avanzado nivel de profesionalidad y quienes poseen conocimiento derivado del propietario de la organización de servicios, de técnicas de investigación en equipo o gerencia, incluyendo los consult ores en sistemas y programas informáticos y los consultores en instalación de equipos de informática. |
4) No consolidado, excepto
para medidas concernientes a las categorías de personas naturales referidas al Acceso a los Mercados.
|
|
II. COMPROMISOS ESPECIFICOS SECTORIALES | |||
1. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS | |||
A. SERVICIOS PROFESIONALES | Para la prestación de servicios profesionales se requiere que las personas físicas cuenten con título habilitante reconocido en el Uruguay, y fijar domicilio legal en el país. Las autoridades uruguayas reglamentarán el ejercicio de estas profesiones en el futuro. El domicilio legal no implica residencia en el Uruguay. | ||
b) Servicios de
Contabilidad, auditoría y teneduría de libros (862)
|
1) No consolidado 2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales y en la nota en Servicios Profesionales. |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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Servicios de
Arquitectura (8671)
|
1) No consolidado 2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales y en la nota en Servicios Profesionales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
Servicios de Ingeniería (8672) |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales y en la nota en Servicios Profesionales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
B. SERVICIOS DE INFORMATICA Y SERVICIOS CONEXOS 84 | |||
a) Servicios de consultores en instalación de equipos de informática (841) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
b) Servicios de aplicación
de programas de informática (842)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
c) Servicios de procesamiento de datos (843) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
d) Servicios de bases
de datos (844)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
Servicios de mantenimiento
y reparación de máquinas y equipos de oficina,
incluidas las computadoras (845)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
e) Otros (849)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
D. SERVICIOS INMOBILIARIOS | |||
a. Servicios inmobiliarios
relativos a bienes raíces propios o arrendados (CPC 8210)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
b. Servicios inmobiliarios
a comisión o por contrato (8220)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
E. SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO O ALQUILER SIN OPERARIOS (CPC 831) | |||
a. Servicios de arrendamiento
o alquiler de automóbiles privados sin conductor (83101-83102)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
b. Servicios de arrendamiento o alquiler de otro tipo de maquinaria y equipo sin operarios (83106-83109) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para lo ndicado en los compromisos horizontales y en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto para lo ndicado en los compromisos horizontales y en los compromisos horizontales |
|
c. Otros.
- Servicios de arrendamiento o alquiler de efectos personales y enseres domásticos (832), - Servicios de arrendamiento o alquiler de televisores, radios, grabadores de casetes de video y equipo y accesorios conexos (83201), - Servicios de arrendamiento o alquiler de muebles y otros artefactos domésticos (83203), - Servicios de arrendamiento o alquiler de equipo de recreación y esparcimiento (83204), - Servicios de arrendamiento o alquiler de otros efectos personales o domésticos (83209)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
F. OTROS SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS | |||
a) Servicios de
publicidad (871)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
b) Servicios de
investigación de mercados y encuestas de la
opinión pública (864)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
c) Servicios de consultores
en administración (8650)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
d) Servicios relacionados
con los de los consultores en administración.
(866)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
k) Servicios de colocación
y suministro de personal (872)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
o) Servicios de limpieza de
edificios (874)
|
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
s) Servicios prestados con
ocasión de asambleas o convenciones
|
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
t) Otros Servicios prestados a las empresas (8790) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
t.1 Servicios de Traducción
e Interpretación (87905)
|
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
t.2 Servicios de Diseño de Interiores 87907 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
2. SERVICIOS DE COMUNICACIONES | |||
B. SERVICIOS DE CORREOS
|
|||
Servicios Privados de envio de correspondencia y Recadería | 1) y 3) La Dirección Nacional de Correos concede permisos de carácter precario para operar que caducan a los tres años de su otorgamiento, salvo que la empresa premisaria antes de su vencimiento manifieste su intención de renovarlo. 2) Ninguna 4) No consolidado, excepto para lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
C. SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES | |||
Correo de Voz |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a partir del 1º de marzo de 1991 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a partir del 1º de marzo de 1991 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Telefonía Movil |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) No consolidado, excepto la participación desde 1990 de un operador privado en la BANDA B en la zona sur del país, mediante contrato vigente hasta el año 2011. A partir del 1/3/2001 se ofrecerá la operación en banda B en zona geográfica norte del país, sujeto a relación contractual con ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) No consolidado, excepto la participación desde 1990 de un operador privado en la BANDA B en la zona sur del país, mediante contrato vigente hasta el año 2011. A partir del 1/3/2001 se ofrecerá la operación en banda B en zona geográfica norte del país, sujeto a relación contractual con ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Correo electrónico | 1) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto en lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto en lo indicado en los compromisos horizontales |
|
Acceso a bases de datos y
extracción de información en línea
|
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la red pública del operador, ANTEL sujeto a relación contractual con el mismo 2)Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL , sujeto a relación contractual con el mismo 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a
relación contractual con el mismo
2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Servicios de Audiotexto y
otros a través de sistema 0-900
|
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) A través de la red pública del operador ANTEL, sujeto a relación contractual con ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Servicio de Video Conferencia
|
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la
red pública del operador ANTEL. 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna, el servicio se
debe suministrar a través de la
red pública del operador ANTEL. 2) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a través de la red pública del operador ANTEL. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
Servicios de Comunicaciones personales móviles globales satelitales (G.M.P.C.S.) |
1) Ninguna, sujeto a
relación contractual con ANTEL. El poder
Ejecutivo autoriza la prestación del
Servicio y la Dirección Nacional de
comunicaciones asigna la frecuencia.
2) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 3) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna, sujeto a relación
contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo
autoriza la prestación del Servicio y
la Dirección Nacional de comunicaciones
asigna la frecuencia.
2) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 3) Ninguna, sujeto a relación contractual con ANTEL. El poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de comunicaciones asigna la frecuencia. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Centros públicos de
telecomunicaciones (Locutorios)
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a traves de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a restricciones geográficas y al Reglamento de Antel, a partir del 1/7/99. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio se debe suministrar a traves de la red del operador estatal ANTEL, sujeto a relación contractual con el mismo, a restricciones geográficas y al Reglamento de Antel, a partir del 1/7/99. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Venta, Arrendamiento, Mantenimiento, Conexión y Reparación de equipos de Telecomunicaciones y Servicios de Consultorías |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto por la homologación de equipos por ANTEL o la Dirección Nacional de Comunicaciones según corresponda 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto por la homologación de equipos por ANTEL o la Dirección Nacional de Comunicaciones según corresponda 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Servicio terrestre de
buscapersonas (75291) (paging)
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el Poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de Comunicaciones asigna la frecuencia correspondiente 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el Poder Ejecutivo autoriza la prestación del Servicio y la Dirección Nacional de Comunicaciones asigna la frecuencia correspondiente 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Radiotransmisión de mensajes
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, la Dirección Nacional de Comunicaciones autoriza la prestación del servicio y asigna la frecuencia respectiva. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, la Dirección Nacional de Comunicaciones autoriza la prestación del servicio y asigna la frecuencia respectiva . 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
Acceso a Internet y otros
servicios de Internet excepto voz
|
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio debe ser suministrado a través de la red del operador estatal ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, el servicio debe ser suministrado a través de la red del operador estatal ANTEL 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
3. SERVICIOS DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS DE INGENIERIA CONEXOS | |||
B. TRABAJOS DE CONSTRUCCION PARA INGENIERIA CIVIL (513) |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
4. SERVICIOS DE DISTRIBUCION | |||
B. SERVICIOS COMERCIALES AL
POR MAYOR (622). Se excluye 62271 (Servicios comerciales al por mayor de combustibles sólidos, líquidos, gaseosos y productos conexos) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
C. SERVICIOS COMERCIALES AL POR MENOR (631 + 632 + 6111 + 6113 + 6121) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
D. SERVICIOS DE FRANQUICIA (8929) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales |
|
7. SERVICIOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA Y SERVICIOS CONEXOS | |||
Los proveedores de
servicios financieros estarán regulados
por las respectivas superintendencias y autoridades competentes.
3) Todo proveedor de servicios financieros que desee instalarse en el Uruguay, no podrá operar sin previa autorización de las autoridades competentes. La solicitud podrá ser denegada por motivos cautelares, entre ellos las condiciones en que se encuentra el mercado. |
|||
A. SERVICIOS DE SEGUROS Y RELACIONADOS CON LOS SEGUROS |
|||
Servicios de Seguros de Vida, (81211) |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Para tener presencia comercial en Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en compromisos horizontales. |
|
Servicios de seguros
distintos a los seguros de vida
(CCP 8129) |
|||
Servicios de seguros de vehículos motorizados (81292) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.
|
|
Servicios de seguros de fletes (81294) |
1) No
Consolidado
2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
Servicios de seguros contra incendios y otros daños a los bienes (81295) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No
consolidado 2) No
consolidado 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
Servicios de seguros contra pérdidas pecuniarias (81296 ) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3) Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No
consolidado 2) No
consolidado 3) Ninguna
4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
Servicios de seguros de responsabilidad civil general (81297) |
1) No Consolidado 2) No Consolidado 3)Para tener presencia comercial en el Uruguay, las empresas deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas, sujetas a las limitaciones que determina la legislación vigente. 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No
Consolidado 2) No
Consolidado 3)
Ninguna 4) No consolidado, excepto
lo indicado en los
compromisos horizontales
|
|
Servicios de seguros de transporte marítimo, aéreo y otros tipos de transporte (81293) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
c. Servicios de reaseguros y retrocesión |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) No consolidado 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales.
|
|
c. Actividades de intermediación de seguros, por ejemplo corredores de seguros (81401) |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado,excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. | |
d. Servicios auxiliares de seguros (81402-81403-81404-81405) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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B. SERVICIOS BANCARIOS Y OTROS SERVICIOS FINANCIEROS | 3. Las autorizaciones para la instalación en el país de sucursales o agencias de empresas constituidas en e extranjero, que desarrollen actividades de intermediación financiera estarán sujetas al requisito de que sus estatutos o reglamentos no a ciudadanos uruguayos formar parte de la gerencia, consejo de administración, directorio o cualquier otro cargo superior, empleo o destino en la institución, dentro del territorio del Uruguay. Los bancos que deseen instalarse en el Uruguay deberán organizarse como sociedades anónimas uruguayas que tengan acciones normativas o como sucursales de bancos extranjeros. La presencia comercial de los bancos está sujeta al siguiente límite cuantitativo: el número de autorizaciones para el funcionamiento de los nuevos Bancos no podrá superar anualmente el 10 % de los existentes el año inmediato anterior. Esta disposición es aplicable exclusivamente a las instituciones que son definidas por ley como bancos, y no afecta a las demás empresas de intermediación financiera. La s empresas de intermediación financiera comprenden: bancos, cooperativas de intermediación financiera, casas financieras, instituciones financieras externas, administradoras de consorcios y bancos de inversión. Los bancos realizan todo tipo de operación financiera y conjuntamente con las cooperativas de intermediación financiera son los únicos autorizados a: a) recibir depósitos en cuenta corriente bancaria y autorizar que se gire contra ellos mediante cheques, b) recibir depósitos a la vista , y c) recibir de residentes depósitos a plazo. Las casas financieras pueden realizar todas las actividades de intermediación financiera, excepto las reservadas a los bancos y cooperativas, recibiendo recursos exclusivamente de no residentes. Las instituciones financieras externas (banca off-shore), operan exclusivamente con no residentes. Las empresas administradoras de consorcios son las que organizan o administran agrupamientos, círculos cerrados o consorcios, cuyos adherentes aportan fondos para ser aplicados recíprocamente conjuntamente en la adquisición de determinados bienes o servicios. Los bancos de inversión sólo pueden recibir depósitos y contratar préstamos de no residentes a plazos superiores a un año, emitir obligaciones negociables o debentures, financiar la emisión o proceder a) la colocación de títulos, bonos, acciones obligaciones, debentures y valores mobiliarios creados por empresas nofinancieras, adquirir acciones o parte de capital de empresas con el objeto de poner en marcha proyectos de inversión, planes de reorganización, desarrollo o reconversión, aceptar y colocar letras vinculadas conéstasempresas y realizar con ellas operaciones de giro bancario (salvo recibir depósitos en cuenta corriente) préstamos a mediano y largo plazo, otorgar fianzas, avales, garantías y cauciones, cumplir mandatos y comisiones compromisos y asesorar en materia de inversiones y administración de empresas. | ||
a. Aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público (CCP 81115-81116-81119) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
|
b. Préstamos personales a plazo 81132, servicios de tarjetas de crédito 81133, otros servicios de crédito 81139. No incluye factoring |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
c. Servicios financieros de arrendamiento con opción de compra. (81120) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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d. Todos los servicios de pago y transferencia monetaria. (81339) |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
e. Garantías de crédito y compromisos |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna
2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
|
f. Intercambio comercial
por cuenta propia o de clientes, ya sea en una
bolsa, en un mercado extrabursátil de:
i) instrumentos del mercado monetario (cheques, letras, certificados de depósito) 81339,
ii) divisas 81333,
iii) productos derivados, incluidos futuros y opciones,
iv) instrumentos de los mercados cambiario y monetario, por ejemplo swaps, acuerdos de tipos de interés a plazo, etc.,
v) valores transferibles,
vi) otros instrumentos y activos financieros negociables, inclusive metal. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Nota para los servicios f iii),
iv), v), vi).
Las autoridades uruguayas reglamentarán en el futuro el suministro de estos servicios a efectos de garantizar el correcto funcionamiento de este mercado y proteger a los inversores y operadores y asegurar la integridad y estabilidad del sistema financiero del país. |
g. Participación en emisiones de toda clase de valores, con inclusión de la suscripción y colocación como agentes (pública o privadamente) y la prestación de servicios relacionados con esas emisiones. 8132 |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
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1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
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Misma nota que para f.
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h. Corretaje de cambios. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
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1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
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i. Administración de activos: -Administración de fondos en efectivo o de cartera de valores,
-Gestión de inversiones colectivas,
- Servicios de depósito. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
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1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
|
Misma nota que para f.
|
j. Servicio de pago y compensación respecto de activos financieros, con inclusión de valores, productos derivados y otros instrumentos negociables. 81339 u 81319 |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
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Misma nota que para f |
k. Servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares respecto de cualesquiera de las actividades enumeradas anteriormente, con inclusión de informes y análisis de crédito, estudios y asesoramiento sobre inversiones y cartera de valores, y asesoramiento sobre adquisiciones y sobre restructuración y estrategia de las empresas (888131 u 8133) |
1) No consolidado
2) No consolidado 3) Ninguna, excepto lo indicado en nota en Servicios Bancarios y otros Servicios Financieros 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) No consolidado 2) No consolidado 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales
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Misma nota que para f |
9. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES | |||
A. HOTELES Y RESTAURANTES (incluidos los Servicios de Suministro de Comidas desde el Exterior por Contrato) 641-643 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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B. SERVICIOS DE AGENCIAS DE VIAJES Y ORGANIZACION DE VIAJES EN GRUPOS. 74710 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales. |
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C. SERVICIOS DE GUIAS DE TURISMO. 74720 |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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10. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO CULTURALES Y DEPORTIVOS (EXCEPTO SERVICIOS AUDIOVISUALES) |
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A. SERVICIOS DE ESPECTACULOS (incluidos los de teatro, bandas y orquestas y circos) (9619) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
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11. SERVICIOS DE TRANSPORTE | |||
Transporte Terrestre, por Agua y Aéreo | Los compromisos específicos que se incorporan en las listas de compromisos de la presente ronda inicial de negociación, son los resultantes de la aplicación de los acuerdos bilaterales y multilaterales correspondientes a los anexos sobre transporte terrestre y por agua y al anexo sobre transporte aéreo del presente Protocolo. | Los compromisos específicos que se incorporan en las listas de compromisos de la presente ronda inicial de negociación, son los resultantes de la aplicación de los acuerdos bilaterales y multilaterales correspondientes a los anexos sobre transporte terrestre y por agua y al anexo sobre transporte aéreo del presente Protocolo. | Uruguay empleará todos los esfuerzos disponibles con vistas a lograr una máxima simplificación compatibilización de sus normas y procedimientos relativos a la facilitación de transporte aéreo internacional (migratorios, aduaneros y de vigilancia sanitaria y fitosanitaria) en las operaciones entre los Estados parte del Mercosur, sin perjuicio del cumplimiento de las normas de seguridad de aviación civil, en armonía con los Anexos 9 y 17 de la Convención de Aviación Civil Internacional. Uruguay deberá compatibilizar con los demás estados parte sus normas y procedimientos relativos a aeronavegabilidad, operaciones y licencias del personal, conforme a las normas y recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional. Las empresas aéreas de los Estados parte del Mercosur que operen bajo el Acuerdo sobre Servicios Aéreos Subregionales suministrarán a las Autoridades Aeronáuticas de los países donde operen informaciones estadísticas sobre el tráfico transportado, las rutas que operen, con determinación de origen y destino. Las autoridades aeronáuticas de los demás Estados parte, las informaciones estadísticas de interés común. |
H. Servicios auxiliares en relación con todos los medios de transporte | |||
b.Servicios de almacenamiento
y depósito 742
(exceptuando el régimen de depósitos y almacenamientos fiscales) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) No consolidado, excepto lo indicado en los compromisos horizontales |